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Documento BOE-B-2013-35514

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2013, páginas 47789 a 47789 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35514

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo,

Por el presente, hago saber: Que en la Sección I, Declaración Concurso 248/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 16 de septiembre de 2013 Auto acordando lo siguiente:

1º.- Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Roypasa, S.L., con CIF número B-36.698.009, con domicilio en Carretera de Porriño a Gondomar, km 15, Pegonegro, s/n, Vincios-Gondomar (Pontevedra).

2º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3º.- Se ha declarado disuelta la entidad Roypasa, S.L., acordando la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4º.- El administrador concursal designado es el abogado D. Antonio Ferreño Seoane, con DNI 13.303.087-W, y con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Avenida García Barbón, núm. 63, 3.º B, Vigo 36201, y con correo electrónico: concursoroypasa@gmail.com.

5º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 16 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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