Edicto dando publicidad a declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber:
Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 529/13, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Gimnasio Deportivo San Andres, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 529/13 C1
NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8003786
Entidad concursada.- Gimnasio Deportivo San Andrés, S.L., con CIF n.º A08638181
Tipo de concurso.- Voluntario
Fecha del auto de declaración.- 2-09-2013
Administradores concursal/es.- Doña Gemma Atares Paris, con DNI n.º 43529673B; con domicilio en Barcelona, Ronda Sant Pere, 3 pral. 1.º, con correo electrónico acgimnasiosa@figuerasadvocats.com y n.º de teléfono 934193845.
Facultades del concursado.- Intervenidas
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 L.C.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los datos relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 4 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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