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Documento BOE-B-2013-3662

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2013, páginas 4918 a 4918 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-3662

TEXTO

Don Antonio Cidraque Arias, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 962/2012, en el que se ha dictado con fecha 17-12-2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Fontanería Torrella, S.L., con CIF B-08896896 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2012 – 8006772.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la Intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Fontanería Torrella, S.L., con domicilio en c. Torrella, n.º 50, 08224 de Tarrassa.

Administrador concursal: Dla Piper Spain, SLU, que designa como persona física a Francisco Javier Diaz Galvez, con domicilio en c. Avda. Josep Tarradellas, n.º 189, 08901 de L´Hospitalet de Llobregat, con correo electrónico concurso.fontaneriatorrella@dlapiper.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 27 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial, Fdo.: Antonio Cidraque Arias.

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