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Documento BOE-B-2013-38991

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 19 de octubre de 2013, páginas 52396 a 52397 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38991

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante, hago saber: Que en el juzgado de lo mercantil dos de Alicante se siguen los autos de concurso ordinario número 592/2012-R de la mercantil Vissum Corporación, Sociedad Limitada, con C.I.F. número B35580950, procedimiento que se tramita de forma conexa con el procedimiento de la mercantil Clinvers Corporación 2002, Sociedad Limitada (auto número 592/12 bis), C.I.F. número B-03866803, ambas domiciliadas en la calle Cabañal, número uno, El Pinar de Vistahermosa, 03016-Alicante, en cuyo seno, con fecha 18 de septiembre de de dos mil trece, se han dictado dos Autos, que ambos tienen la misma parte dispositiva, cambiando únicamente la hora del señalamiento, y que son tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva:

1.-Se declara la terminación de la fase común del concurso.

2.-Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3.-Se convoca la Junta de acreedores.

4.-Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la secretaria judicial, que la junta de acreedores se celebrará el próximo 5 de diciembre de 2,013 a las 10:30 horas en la Sala de Audiencias de este juzgado (Sala número 9 sita en la primera planta), publicándose Edictos en el tablón de anuncios de este juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, éste último de forma urgente y gratuita, debiendo aportar poder suficiente para la asistencia y voto en la citada junta.

5.-No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el artículo 113.1 de la Ley Concursal, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva,podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la junta hasta 40 antes de la fecha señalada para su celebración,haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal,propuesta de convenio,se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (articulo 114 y 143 Ley Concursal).

Registro Mercantil:

6.-Librese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes.

7.-Comuniquese esta resolución en los incidentes concursales en los que haya formulado protesta contra la sentencia,que servirá de apelación más próxima a los efectos del artículo 197.4 ley concursal.

Modo de impuganción: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al artículo 98 de la ley concursal, como consecuencia de nuevo párrafo introducido por el Real Decreto legislativo 3/2009:"Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4 de la ley concursal" (...)

Asi por este Auto, lo pronuncia,manda y firma el Don Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo mercantil número dos de Alicante. Doy fe "

Respecto a la mercantil Clinvers Corporación 2002, Sociedad Limitada, es idéntica la parte dispositiva pero el señalamiento es a las 10:00 horas.

Alicante, 3 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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