Edicto.
Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
1º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 530/2011 y NIG n.º 15030 47 1 2011 0000732 del deudor Climatizaciones Compostela, S.L., con CIF A-15270051, cuyo centro de intereses principales lo tienen en San Pedro de Mezonzo, 43 - Santiago de Compostela, se ha dictado en fecha 22 de octubre de 2013 Auto de conclusión y archivo del concurso.
Los hechos de la resolución y la parte dispositiva dicen textualmente:
"Hechos
Único.- Abierta la fase de liquidación del concurso del deudor Climatizaciones Compostela, S.A., n.º 530/2011-B, y realizadas las operaciones de liquidación previstas en el plan judicialmente aprobado, el administrador concursal don José Antonio Montero Villar presentó el pasado día 11 de septiembre de 2013 informe final justificativo de las operaciones de liquidación realizadas, con rendición de cuentas. Por diligencia de ordenación de fecha 13 de septiembre de 2013 se dio traslado a las partes personadas, así del informe (artículo 176.2 y 152.2) como de la rendición de cunetas (artículo 181 y 152.2 segundo párrafo).
No se formuló alegación alguna dentro de plazo legal por parte de la deudora o de las demás partes personadas o interesados."
"Dispongo
La conclusión y archivo del proceso concursal n.º 530/2011-B, de la deudora Climatizaciones Compostela, S.A., CIF A-15270051, por fin de la liquidación.
Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña (hoy de Santiago de Compostela), para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto (tomo 794 del Archivo, Sección General, folio 54, hoja C-726).
Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de la resolución.
Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Comuníquese igualmente a los mismos Juzgados a los que se participó la declaración de concurso.
Entréguense los oficios y el mandamiento a la procuradora Sra. Moreno Vázquez que cuidará de su diligenciamiento a la mayor brevedad posible.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña, doy fe."
A Coruña, 24 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
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