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Documento BOE-B-2013-45230

COLMENAR VIEJO

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2013, páginas 60532 a 60533 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-45230

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Carolina Pascual Brotons, Secretaria del Juzgado de Instrucción número 3 de Colmenar Viejo,

Doy fe y testimonio:

Que en el juicio de faltas n.º 72 /2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

"Juzgado de Primera Instancia eI Instrucción número tres de Colmenar Viejo.

Alicia Barba de la Torre, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Colmenar Viejo, en los autos del juicio de faltas n.º 72/12, ha dictado la siguiente

S e n t e n c i a 119/12

En Colmenar Viejo, a 28 de septiembre de dos mil doce.

Vista por mí, Alicia Barba de la Torre, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Colmenar Viejo, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 72/12, por supuesta falta contra el orden público del artículo 634 del código penal, apareciendo como denunciantes los Agentes de Policía Local de Tres Cantos n.º 17943 y 17902, y como denunciado Borja Caballero Cabello, cuyas demás circunstancias personales constan en autos, y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Fa l l o

"Que debo condenar y condeno a Borja Caballero Cabello, como autor de una falta contra el orden público del artículo 634 del código penal, a la pena de multa de treinta días, con una cuota diaria de 5 euros, que hacen un total de ciento cincuenta euros (150 euros), así como al abono de las costas de este procedimiento, si las hubiere.

Si el condenado no satisface voluntariamente o por vía de ejecución la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas, privación de libertad que podrá cumplirse en régimen de arrestos de fin de semana.

Notifíquese la presente resolución a las partes indicándoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco dias siguientes a su notificación en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicacion. Leída que fue la presente en audiencia pública por S.S.ª en el mismo día de su fecha, de lo que yo el Secretario, doy fe."

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Borja Caballero Cabello, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido la presente.

La Secretaria.

Colmenar Viejo, 21 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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