Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Colmenar Viejo.
Edicto
En el presente procedimiento seguido a instancia de don Luis Arto González, frente a don Miguel González Sanz, doña Vicenta Pérez Santana y desconocidos e ignorados herederos y causahabientes de los titulares registrales y cualquier persona física o jurídica desconocida e incierta, se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Decreto
Señora Secretaria Judicial: Cristina Carolina Pascual Brotons.
En Colmenar Viejo, a treinta y uno de julio de dos mil doce.
Parte dispositiva.
Acuerdo:
- Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el Procurador de los tribunales, señora Susana Garcia Abascal, en nombre y representación de Luis Arto González, frente a Miguel González Sanz, Vicenta Pérez Santana, y contra los desconocidos e ignorados herederos y causahabientes de los referidos titulares registrales, y cualquier persona física o jurídica desconocida e incierta que pueda llamarse a la propiedad de una séptima parte indivisa de la vivienda sita en Manzanares El Real, calle Cortecero, número 44.
- Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.
- Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste/n en el plazo de veinte días hábiles, con las siguientes prevenciones:
- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.).
Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Secretario que lo dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Secretaria Judicial.
Y como consecuencia del ignorado paradero de cualquier persona física o jurídica desconocida e incierta que pueda traer causa de los demandados o que se crea con derecho al dominio de la propiedad objeto del pleito, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento.
Colmenar Viejo, 7 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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