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Documento BOE-B-2013-45322

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2013, páginas 60628 a 60629 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-45322

TEXTO

Don Luis Márquez de Prado Moragues, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 866/13 y NIG n.º 07040 47 1 2013 0001347, se ha dictado en fecha 7 de noviembre de 2013, auto de declaración de concurso voluntario abreviado de los deudores:

1) La entidad mercantil Sistemas de Gestión de Baleares, S.A., con CIF: A-07.539.562, y con domicilio en el edificio número 17, del Parc Bit, en Palma de Mallorca; tramitándose el concurso conforme a las normas del procedimiento abreviado.

2) La entidad mercantil Bexap Sistemas de Información, S.L., con CIF número B-57.287.369, y con domicilio en el local A5 del edificio número 17, del Parc Bit, en Palma de Mallorca; tramitándose el concurso conforme a las normas del procedimiento abreviado.

3) La entidad mercantil Next Software Development, S.L., con CIF número B-57.509.382, y con domicilio en el edificio número 17, del Parc Bit, en Palma de Mallorca; tramitándose el concurso conforme a las normas del procedimiento abreviado.

4) La entidad mercantil Consultoría Avanzada de Tecnología y Servicios, S.L., con CIF número B-57.067.357, con domicilio en el edificio número 17, del Parc Bit, en Palma de Mallorca; tramitándose el concurso conforme a las normas del procedimiento abreviado.

5) La entidad mercantil Colabora Management, S.L.U., con CIF número B-57.340.069, y con domicilio en el edificio número 17, del Parc Bit, en Palma de Mallorca; tramitándose el concurso conforme a las normas del procedimiento abreviado.

6) La entidad mercantil Servicios e Infraestructura de Sistemas, S.L., con CIF número B-57.391.724, y con domicilio en el edificio número 17, del Parc Bit, en Palma de Mallorca; tramitándose el concurso conforme a las normas del procedimiento abreviado.

2.º Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.º Se acuerda la apertura de la fase de liquidación, la disolucion de la sociedad y el cese de los administradores de la concursada.

4.º El abogado Jorge Muñoz Roig, D.N.I. 22537293-F, con domicilio calle Xativa, numero 1, patio d 5, puerta 12, de Valencia, en su calidad de administrador único de la sociedad Corporación Jurídica Jaime I, S.L.U. CIF: B46467551, con domicilio calle Xativa, número 1, patio d 5, puerta 11, de Valencia, acepta el cargo y queda designada para el ejercicio de la funciones propias de la administracion concursal, que acredita de conformidad la escritura de poder otorgada ante el Notario escritura exhibe y retira dejando testimonio en la presente seccion asi como aporta la poliza de responsabilidad civil profesional tomador Corporación Jurídica Jaime I, S.L.U.

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la correo electronico: jorgecorporacion@hotmail.com, direccion postal: Avenida Alejandro Rossello, numero 23, 5 07002 Palma de Mallorca, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 18 de noviembre de 2013.- El Secretario judicial.

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