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Documento BOE-B-2013-46060

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2013, páginas 61576 a 61576 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-46060

TEXTO

Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y Provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 614/2013, en el que se ha dictado con fecha 24/7/13 auto declarando en estado de concurso a la entidad Fegest, S.L., con CIF B63294912 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2013-8003953

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la Intervención por la adminsitración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad enconcurso

Concursada: Fegest, S.L., con domicilio en C/ Aragón, 390, 3.º, de Barcelona.

Administrador concursal: Don Carlos Isnard Santiveri, con domicilio en Avda. Sarriá, 102-106, de Barcelona con correo electrónico carlos.isnardsantiveri@es.ey.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, caracterísiticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones. Se acompañará copia en forma electrónica encaso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

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