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Documento BOE-B-2014-1334

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2014, páginas 1722 a 1722 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-1334

TEXTO

Edicto.

Doña María Jesús Pérez Fernández, Secretaria Judicial, del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela, por el presente,

Hace saber: Que en el presente procedimiento seguido a instancia de doña María Teresa Ponte Iglesias frente a don José Luis Mochales González se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia:

Santiago de Compostela, 4 de julio de 2013

Vistas por doña Lorena Tallón García, Jueza del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela, las actuaciones correspondientes al juicio verbal núm. 782/2012 promovido por doña María Teresa Ponte Iglesias, representada por la procuradora Sra. Trinidad Calvo Rivas y asistida por el letrado Sr. Abel González Torres, frente a don José Luis Mochales González, en situación de rebeldía procesal.

Dispongo:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Calvo Rivas, en representación de doña María Teresa Ponte Iglesias, contra don José Luis Mochales González, en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia, debo condenar y condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de siete mil quinientos cincuenta y cuatro euros con veintiséis céntimos (7.554,26 euros), así como las cuotas que se generen desde el dictado de esta resolución y que resultando impagadas por el demandado sean asumidas por la actora, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda y los intereses previstos en el art. 576 de la LEC, con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales generadas en este procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña. El recurso de presentará ante este Juzgado, previa consignación del depósito correspondiente, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.

Únase esta sentencia al Libro Registro de Sentencias y Autos Definitivos Civiles de este juzgado, y expídase testimonio para su unión a estas actuaciones.

Así lo acuerdo y firma S.Sª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado, don José Luis Mochales González, en situación de rebeldía y cuyo domicilio se desconoce, expido, sello y firmo la presente.

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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