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Documento BOE-B-2014-14204

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 22 de abril de 2014, páginas 18788 a 18788 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-14204

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.- Concurso voluntario 19/2014 6.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- Marta Muñoz Rentero 52278234Q.

Fecha del Auto de declaración.- 13 de enero de 2014.

Administradores concursales.- Acte Consultors, Sociedad Limitada Profesional, que designa a don Gonzalo Abril Galán, con NIF 37725657E, domiciliado en calle Nicaragua, 48 1.º 4.ª 08029 Barcelona, como economista, con correo electrónico informacio.bcn@acteconsultors.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de intervención las facultades de la concursada.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 20 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

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