Intentada la notificación de las resoluciones de la Dirección General de Política Energética y Minas por las que se resuelve el procedimiento previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, correspondientes a las instalaciones abajo relacionadas, en el domicilio que obra a sus efectos en el expediente de cada una de ellas, y no habiéndose podido practicar la misma por causas no imputables a la Administración, se comunica a los interesados -a los efectos de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común-, que pueden comparecer, en el plazo de quince días naturales siguientes a la publicación de este anuncio, ante la Subdirección General de Energía Eléctrica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Paseo de la Castellana, 160, 28071 Madrid), para conocimiento -y constancia de tal conocimiento- del contenido íntegro del mencionado acto que concluye:
1º Cancelar, por incumplimiento, la inscripción en el Registro de preasignación de retribución de instalaciones fotovoltaicas correspondiente a las instalaciones referidas en el presente anuncio.
2º Anotar en el Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial, la inaplicación del régimen económico primado a las instalaciones abajo relacionadas.
3º Disponer que los titulares de las instalaciones objeto del presente anuncio procedan al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, en su caso, en concepto de prima equivalente, con los intereses de demora correspondientes, cantidades todas ellas que serán incluidas como ingresos liquidables del sistema.
A estos efectos, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en el plazo máximo de 3 meses desde que le sean comunicadas las presentes resoluciones, procederá a remitir a los titulares la orden de liquidación de las cantidades correspondientes.
4º Comunicar las presentes resoluciones a la Caja General de Depósitos/al órgano autonómico a favor del cual se encuentren depositadas las garantías, al objeto de que se inicie el procedimiento de ejecución total/parcial de las mismas.
5º Comunicar las presentes resoluciones a los órganos competentes que autorizaron las instalaciones y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Transcurrido el plazo antes mencionado sin que los interesados hubieran comparecido, la notificación se tendrá por practicada a todos los efectos, en los términos establecidos en los artículos anteriormente citados de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Contra dichas resoluciones cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Instalación IF LLUJA 60 con expediente FTV-001769-2009-E, cuyo titular es GESOLCAN S.L., y con CIF/NIF: B39621123
Instalación ESTACION DE AUTOBUSES DE LLORET con expediente FTV-001890-2009-E, cuyo titular es SARFA SL, y con CIF/NIF: B62198973
Instalación INDALO SAN PABLO (0,8 MW) con expediente FTV-002201-2009-E, cuyo titular es INDALO SOLARTEC, S.L., y con CIF/NIF: B91706465
Instalación FONT DE L OM, Nº 10 PLATJA OLIVA con expediente FTV-002742-2009-E, cuyo titular es OTTFRIED KLAHR, y con CIF/NIF: X2346846H
Instalación INSTALACIÓN FV 15 KW SOBRE CUBIERTA EDIFICIO CAMARA COMERCIO con expediente FTV-002789-2009-E, cuyo titular es CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACION DE VALENCIA, y con CIF/NIF: Q4673002D.
Instalación MONTECANAL 1 con expediente FTV-002834-2009-E, cuyo titular es ANDRES PEREZ BENEDICTO, y con CIF/NIF: 17692991B
Instalación FOTOVOLTAICA E-1, C.B. con expediente FTV-003002-2009-E, cuyo titular es FOTOVOLTAICA E-1, C.B., y con CIF/NIF: E97867931
Madrid, 27 de mayo de 2014.- El Subdirector General de Energía Eléctrica.
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