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Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia: Que en la Sección Quinta del procedimiento concursal voluntario ordinario número 304/2013, referente a los concursados RAFAEL SILVESTRE MARTÍNEZ RUIZ y CARMEN MEGÍAS ESCUDERO, con DNI números 2608220G y 29081798T, respectivamente, por auto de fecha 07/07/2014 se ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 21/04/2014, por no haberse aceptado en junta de acreedores ninguna propuesta de convenio y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección Quinta.
2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio con los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal (LC).
3.- Conforme al art. 145.2 de la LC se declara la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 25.3 y descendentes bajo su potestad.
Jaén, 8 de julio de 2014.- El/la Secretario judicial.
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