Edicto
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber:
Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 595/2014-AR en el que se ha dictado con fecha 24 de julio de 2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad NEUROTEC PHARMA, S.L., con CIF: B-64064884 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2014 - 8001764.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: NEUROTEC PHARMA, S.L., con domicilio en Parc Científic Universitat de Barcelona, c/ Josep Samitier, 1-5, 08028 Barcelona.
Administrador concursal: ERNST & YOUNG ABOGADOS, SLP, con domicilio en Avda. Sarriá, 102-106, edificio Sarriá Forum, 08017 Barcelona. Tel. 93 366 37 00. Fax 93 439 78 91, con correo electrónico jordi.grasisagrera@es.ey.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 24 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.
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