Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-32512

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 20 de septiembre de 2014, páginas 44047 a 44047 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-32512

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 262/13, se ha dictado el 5 de septiembre de 2014 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por SOCIEDAD DE EXPLOTACIÓN FOTOVOLTAICA OMEGA, S.L. y aceptado en la Junta de acreedores celebrada en 18 de julio de 2014.

2. El fallo de la Sentencia contiene los siguientes particulares:

Declaro aprobado el Convenio propuesto por Sociedad de Explotación Fotovoltaica Omega, S.L., que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con todos los efectos previstos en la ley.

Desde la fecha de esta sentencia, cesarán todos los efectos de la declaración de concurso de la referida sociedad, quedando sustituidos por los que se establecen en dicho convenio, sin perjuicio del mantenimiento de los deberes de colaboración e información del deudor previstos en la legislación concursal.

Desde la fecha de esta sentencia cesan en su cargo los Administradores concursales, sin perjuicio de su intervención en la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Los Administradores concursales deberán rendir cuentas de su entera actuación colegiada hasta este momento, en el plazo de dos meses.

Requiérase a Sociedad de Explotación Fotovoltaica Omega, S.L., por medio de su representación procesal, para que, con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la presente resolución, informe a este Tribunal acerca del cumplimiento del convenio.

Hágase público el fallo de esta sentencia por medio de edictos que se insertarán a la mayor brevedad en el Boletín Oficial del Estado.

7. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los Administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Dado en Pamplona/Iruña, 5 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid