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Documento BOE-B-2014-33903

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 30 de septiembre de 2014, páginas 45909 a 45910 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-33903

TEXTO

El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Sevilla,

En el presente procedimiento ordinario 1318/2012-4 seguido a instancia de Construcciones Joprelu, S.L. frente a Grupo Empresarial Anev, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

El Ilmo. Sr. don Francisco José Gordillo Peláez, titular del Juzgado de Primera Instancia número 12 de esta ciudad, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente sentencia:

En los autos de juicio ordinario tramitados bajo el n.º 1318/2012-4, dimanante de los autos de juicio monitorio n.º 721/2012-4, en los que figurar las siguientes partes:

Parte demandante: Construcciones Joprelu, Sociedad Limitada, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Teresa Moreno Gutiérrez y con la asistencia letrada de don José Manuel Ruano Ayuso.

Parte demandada: Grupo Empresarial Anev, Sociedad Limitada, en situación de rebeldía.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda y, en consecuencia:

1.- Condenar a Grupo Empresarial Anev, Sociedad Limitada a abonar a Construcciones Joprelu, Sociedad Limitada la suma principal de 28.599,26 €, (veintiocho mil quinientos noventa y nueve euros con veintiséis céntimos), así como los réditos devengados y que devengue la precitada cantidad, al tipo del interés legal anual del dinero, desde la fecha de la presentación de la demanda rectora de las actuaciones (13.07.2012), el cual se incrementará en dos (2) puntos desde el dictado de esta sentencia.

2.- Condenar a Grupo Empresarial Anev, Sociedad Limitada a abonar las costas procesales causadas.

Al notificar la presente resolución a las partes, instrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá interponerse ante este Juzgado por término de veinte (20) días a partir de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado n.º 4034 0000 00 1318 12, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y el tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la D.A. 15 de dicha norma, (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos), o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita. Así por ésta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo en Sevilla, a veinticuatro de julio de dos mil catorce.

Y encontrándose dicha entidad demandada, Grupo Empresarial Anev, S.L. en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a la misma.

Sevilla, 24 de julio de 2014.- El/La Secretario/a judicial.

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