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Documento BOE-B-2014-33916

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 30 de septiembre de 2014, páginas 45924 a 45924 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-33916

TEXTO

Edicto

El Secretario Judicial don José Vela Perez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 564/2014-A se ha declarado, mediante auto de fecha 24 de julio de 2014, el concurso voluntario de Industrial Piam, Sociedad Anónima, con N.I.F.: A-08967085, y domicilio en calle Renall, número 7, de Sabadell (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al Administrador concursal designado Forest Partners Estrada y Asociados, Sociedad Limitada Profesional, habiendo aceptado el cargo como persona física que le representa don Jorge Matas Torrellas por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del Administrador concursal, sito en Rambla Catalunya, 60, 08007 Barcelona, o en la dirección electrónica jmatas@forestpartners.es designada por el Administrador concursa! en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 31 de julio de 2014.- Secretario judicial.

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