Contido non dispoñible en galego
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 111/13, en fecha 6 de octubre de 2014, se ha dictado Auto de conclusión del concurso relativo al deudor Parrilla La Cabaña Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal: B-33235466, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos el concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
2º.- Que se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción.
3º.- Que se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
4º.- Que la conclusión del concurso no obstará a su reapertura, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado susceptibles de ser liquidados.
Oviedo, 6 de octubre de 2014.- La Secretaria.
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