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Documento BOE-B-2015-10454

Anuncio de la Subdirección Adjunta de Recursos de la Unidad de Ordenación Normativa de la Dirección General de Tráfico, por el se notifica el trámite comunicación de inicio del expediente de reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, número 19/14, a D. Vicente Barrios Pérez.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2015, páginas 14368 a 14369 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2015-10454

TEXTO

Ante la imposibilidad de hacer efectiva la notificación de la comunicación de inicio del procedimiento de reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, número 19/14, que se tramita a instancia de la reclamación interpuesta por don Vicente Barrios Pérez, con DNI número 50.417.724E, a continuación se publica un extracto de dicho trámite.

Entendiendo que el escrito interpuesto por Vd. es una reclamación de responsabilidad patrimonial y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que el presente escrito supone, de acuerdo con el art. 78 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y Procedimiento Administrativo Común, la comunicación de inicio del procedimiento de responsabilidad patrimonial, y la apertura de los actos de instrucción de la reclamación.

De acuerdo con el art. 42.4 de la Ley 30/92, y con lo establecido en el artículo 13.3 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, el plazo establecido, con carácter general, para la resolución del procedimiento es de seis meses desde que se inicia el procedimiento, o el plazo que resulte de añadir el período extraordinario de prueba, plazo que quedará interrumpido en casos legalmente previstos.

Transcurrido el citado plazo de seis meses, incrementado en su caso con el período correspondiente a las interrupciones que se hayan producido durante la tramitación del procedimiento, subsistirá la obligación de la Administración para resolver expresamente su reclamación. No obstante, si Vd. así lo deseara, podría considerar que su reclamación ha sido desestimada por silencio administrativo, lo que le habilitaría para interponer los siguientes recursos:

- Directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Audiencia Nacional) en el plazo máximo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que se hubiera producido la desestimación presunta por silencio administrativo tras el transcurso del plazo antes señalado (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).

- Potestativamente, con carácter previo al recurso ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, recurso de reposición ante el órgano competente para resolver (Ministro del Interior), en el plazo máximo de tres meses, contados desde el día siguiente a aquel en que se hubiera producido la desestimación presunta por silencio administrativo.

Asimismo, se le requiere para que:

Refiera con claridad los hechos en los que basa la reclamación de la indemnización por gastos y lucro cesante.

Cuantifique o valore la reclamación por los daños que Vd. considera haber sufrido.

Aporte toda la documentación original, o copia cotejada de la misma, que pruebe la indemnización que reclama.

Facilite el número de cuenta bancaria de la que sea titular, donde efectuar el ingreso, en el caso de que fuera estimada la presente reclamación

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá remitir dicha documentación en un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de notificación del presente escrito. Si así no lo hiciera se le tendrá por desistido en su petición. Deberá remitir los datos requeridos a la siguiente dirección: Dirección General de Tráfico. Subdirección Adjunta de Recursos. C/ Josefa Valcárcel, 44, 1.ª planta, 28071 Madrid.

Madrid, 25 de marzo de 2015.- La Subdirectora adjunta de Recursos, D.ª Concepción Guerrero Galán.

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