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El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia
1.- Que en el procedimiento número 151/2015, por auto dictado en fecha 6 de marzo de 2015, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Sanhervel Consulting, S.L., con CIF B-86051224, y domicilio en calle Comunidad de Madrid, 25, 4.º B, de Las Rozas de Madrid.
2.- Que la mercantil Sanhervel Consulting, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3.- Se acuerda, simultáneamente, a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso, sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 9 de abril de 2015.- El Secretario judicial.
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