Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,
Anuncia: Que en la SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 502/2013 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. EVA MARÍIA VACA MARÍN, en nombre de CONSTRUCCIÓN Y CIAL RMJ, S.L., con CIF B06569461, se ha dictado Auto Nº161/2015, de fecha 27 de mayo de 2015, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso 502/2013 referente al deudor CONSTRUCCIÓN Y CIAL RMJ, S.L., con CIF: B06569461, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.
5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por Dª. MARÍA JOSÉ ANTÚNEZ CHACÓN.
Badajoz, 27 de mayo de 2015.- La Secretaria Judicial.
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