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Documento BOE-B-2015-22052

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 13 de julio de 2015, páginas 30575 a 30575 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-22052

TEXTO

Doña MARÍA TERESA ÓLIVER GUERRA, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 398/2014, seguido a instancias de la Procuradora doña BEATRIZ GUERRERO DOBLAS, en nombre y representación de PINCHOS GOURMET, S.L., se ha dictado Auto el día 29 de junio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la conclusión del concurso de la mercantil PINCHOS GOURMET, S.L. por inexistencia de bienes (176 BIS LC), declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica PINCHOS GOURMET, S.L. y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme, que sera entregado al Procurador instante para su diligenciado y gestión.

Se procede a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LEC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.

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