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Documento BOE-B-2015-35530

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 26 de noviembre de 2015, páginas 49422 a 49422 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-35530

TEXTO

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 367/15, referente al concursado NONABOX ESPAÑA, S.L., con CIF B-86702917, se ha dictado auto por el magistrado D. Antonio Pedreira González, de fecha 29 de septiembre de 2015.

2.º Que en el mismo auto de declaración de concurso se ha procedido a realizar de apertura de apertura de fase de liquidación, formándose la sección quinta.

3.º Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la concursada, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la lc

5.º La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal SALA Y SERRA CONCURSOS, S.L.P., con CIF B-87078507, con domicilio en calle Marqués de Urquijo, n.º 41, 1.º, CP 28008 Madrid, y mail concursononabox@sala-serra.com y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el boletín oficial del estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente.

6.º que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

7.º El presente concurso n.º 367/2015, se declara de forma conjunta con el concurso de la sociedad IZANAMON, S.L. (359/15), a efectos de su tramitación coordinada en los términos del artículo 25 ter de la LC. Ello no supone la unificación de los procedimientos, sino que cada concurso proseguirá con su propio número, al que deberán dirigirse de forma expresa los escritos que a cada uno se refieran.

Madrid, 29 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

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