El Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal n.º 291/15, referente al deudor C-511, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL, con. nº CIF B-86123734, se ha dictado auto de declaración de concurso voluntario y conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.
2.- Publíquese esta resolución, por medio edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el art. 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y comuníquese al Juzgado Decano de Madrid.
3.- Expídase por el Letrado de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, así como el cierre de la hoja de inscripción de la mencionada mercantil.
4.- Se acuerda la extinción de la entidad C-511, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL.
5.- Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la LC, la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.
6.- Notifíquese esta resolución al deudor.
Madrid, 3 de noviembre de 2015.- Secretario judicial.
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