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Documento BOE-B-2016-47530

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 5 de octubre de 2016, páginas 58657 a 58657 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-47530

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 128 planta.

Numero de asunto.- Declaración conjunta del concurso voluntario 499/2016- 500/2016-8.

Tipo de concurso.- Voluntario

Entidad instante del concurso y NIF.- Barna Style Wear, S.L., con CIF B63242739, Free Xperience, S.L., con NIF B-66018151.

Fecha del auto de declaración.- 28 de junio de 2016.

Administradores concursales.- D. Jorge Cruz de Pablo, con DNI 43518921T, de la sociedad Alfa Forensis, domiciliada en passeig de Gracia, n.º 97, 2.º, 1.ª, 08008 Barcelona, con correo electrónico administracion@alfaforensis.com

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 14 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

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