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Documento BOE-B-2016-62511

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 3 de diciembre de 2016, páginas 76512 a 76512 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-62511

TEXTO

Edicto.

Don Alberto López Luengo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevera, hago saber:

Que en este Juzgado y con el número 182/2010, se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado de Nutrimentos Gallegos Pérez, S.L., en los que por Auto de 3.10.2016, ya firme, se ha acordado la conclusión del concurso por finalización de la liquidación; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Nutrimentos Gallegos Perez, S.L., con domicilio social en Castrelos- A Barca S/N, Cambados. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al tomo 2737, Libro 2737, Folio 117, Sección 8, Hoja PO-30.690 y con C.I.F. B-36.415.743, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad NUTRIMIENTOS GALLEGOS PÉREZ, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado

6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

7.- No ha lugar a efectuar la rectificación de errores solicitada por Dasilva Fernandez S.L.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Así lo manda y firma S.S.; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez, EL Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que conste, expido el presente en

Pontevedra, 3 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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