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Documento BOE-B-2017-52508

Extracto de la Resolución de 11 de septiembre de 2017 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las subvenciones para financiar medidas de apoyo institucional a los sindicatos de la Mesa Sectorial de Universidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 15 de septiembre de 2017, páginas 64981 a 64982 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2017-52508

TEXTO

BDNS(Identif.): 361769

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Primero.- Beneficiarios:

Las organizaciones sindicales que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 6.1, 7.1 y 7.2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, sean representativas del sector del personal docente universitario y formen parte de la Mesa Sectorial de Universidades.

No podrán ser beneficiarias de la subvención aquellas organizaciones sindicales que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo.- Objeto:

El objeto de esta subvención es financiar medidas de apoyo institucional a favor de los sindicatos del sector que estén representados en la Mesa Sectorial de Universidades y, por tanto, su ámbito de aplicación estará limitado a aquellos sindicatos que puedan acreditar su representación entre el personal docente universitario.

Las medidas de apoyo tienen como fin fomentar la participación de las organizaciones sindicales más representativas en todos los grupos de trabajo, mesas técnicas y cualesquiera otros foros de negociación que se establezcan en el ámbito estatal de la negociación colectiva que afecten particularmente al sector. A estos efectos, serán subvencionables las actividades que guarden relación directa e indubitada con el ámbito estatal de negociación colectiva o que estén encaminadas a la formación de la voluntad sindical en las materias objeto de dicha negociación.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (Boletín Oficial del Estado número 113, de 12 de mayo de 2005), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto.- Cuantía:

Importe total a subvencionar: 20.000,00 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.E.

Madrid, 11 de septiembre de 2017.- El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P. D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, BOE 26/06/2017), el Secretario General de Universidades, Jorge Sainz González.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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