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Documento BOE-B-2017-59023

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 11 de octubre de 2017, páginas 73052 a 73052 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-59023

TEXTO

Edicto

Francesc Xavier Rafi Roig, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 398/2016-F se ha declarado, mediante auto de fecha 26 de abril de 2017 el concurso necesario de ORANGE SOLUTIONS con C.I.F. B-63713713 y domicilio en Sitges, calle Jesús, 65, bajos (08870), en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D.ª M. Jesús Baigorri Puerto por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona Pl. Urquinaona, 6, planta 14A, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal, concursal@baigorri.net, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores y represente, salvo que pretendan lusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 9 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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