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Documento BOE-B-2018-4858

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 27 de enero de 2018, páginas 6107 a 6108 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-4858

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.),

Anuncia:

1.º Que en el Concurso Consecutivo Abreviado número 0000410/2017, NIG 3120147120170000367, por auto de 15/11/2017,rectificado por Auto de fecha 9/01/2018, se ha declarado en concurso de Materia Concursal a los deudores Dª Milagros Santos Alonso con Nif nº 16008580M y D. Luis Gil Llera, con16005988N y ambos con domicilio en Camino Carutat, 19, puerta 19, 5º B de Tudela.

2.º Que los deudores han sido suspendidos en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso,a fin de que el Administrador Concursal, en el mismo plazo pueda presentar Correcciones del Informe.

La Administración Concursal está integrada por:

Don Juan Miguel Aguirre Redondo.

D.N.I: 33427700Y.

Mayor de edad.

Nacionalidad española.

Vecino de Pamplona.- C. postal 31002.

Domicilio: Calle Julián Arteaga, 1-2º-A.

Profesión: Letrado.

Teléfono: 948227003.

Fax: 948227003.

Correo electrónico: jaguirre@micap.es

4.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, y tener por presentado el plan de liquidación alegaciones u observaciones al mismo y formular también, observaciones sobre la concurrencia de los requisitos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado persona natural.

"El plazo de 15 días antes citado comenzará a computarse el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE"

Pamplona, 9 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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