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Documento BOE-B-2019-1126

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2019, páginas 1435 a 1436 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-1126

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

AUTO N.º 423/18

MAGISTRADA-JUEZ QUE LO DICTA: D.ª ISABEL CONEJO BARRANCO.

Lugar: Málaga

Fecha: catorce de diciembre de dos mil dieciocho.

HECHOS

ÚNICO.- En el presente procedimiento concursal número 621/17, la Administración concursal de TABERNA DEL HERRERO, S.L. ha solicitado la liquidación del concurso, al existir cese de actividad. Se ha dado traslado de dicha solicitud a la concursada por edictos al estar en Rebeldía y ha transcurrido el plazo sin oposición.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Dispone el artículo 142.3 de la Ley Concursal (LC), en su nueva redacción tras la reforma operada por Ley 38/11 de 10 de octubre que "En caso de cese de actividad profesional o empresarial, la Administración concursal podrá solicitar la apertura de la fase de liquidación. De la solicitud se dará traslado al deudor por plazo de tres días. El juez resolverá sobre la solicitud mediante auto dentro de los cinco días siguientes".

Cumpliéndose los requisitos del mencionado artículo, y no habiéndose opuesto la concursada, procede la apertura de la fase de liquidación.

SEGUNDO.- Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144,145,146,147 y 148 de la LC.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se abre la fase de liquidación del concurso de acreedores de la entidad TABERNA DEL HERRERO, S.L que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la sección quinta.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Se declara disuelta la sociedad concursada TABERNA DEL HERRERO, S.L.,cesando en su función sus Administradores, que serán sustituídos por la Administración concursal.

4.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios digital del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

5.- Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición (art. 197 LC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código 02, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así lo acuerdo, mando y firmo S.Sª. Doy fe.

Firma del Juez Firma del Letrado de la Administración de Justicia

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.

Y como consecuencia del cierre de la fase común y apertura de la fase de liquidación, se extiende la presente.

Málaga, 14 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel del Pozo Aguilar.

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