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Documento BOE-B-2019-11465

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Santander, por el que se somete a información pública la solicitud presentada por la sociedad Raos Aditivos para la Construcción, Sociedad Limitada, de modificación de la concesión, otorgada por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, de fecha 4 de noviembre de 2009, para la construcción y explotación de una terminal de uso particular para descarga y tránsito de graneles pulverulentos en el Espigón Norte de Raos.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2019, páginas 14303 a 14303 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-11465

TEXTO

La Autoridad Portuaria de Santander tramita un procedimiento administrativo para la modificación sustancial de una concesión sobre dominio público portuario, de conformidad con lo establecido en el artículo 88.2 y en los apartados 2 y siguientes del artículo 85 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Este procedimiento administrativo se inició a instancias de la sociedad Raos Aditivos para la Construcción, Sociedad Limitada, con objeto de obtener prórroga del plazo, modificación del objeto y ampliación del volumen y superficie construida e inicialmente autorizada, de la concesión de la que es titular.

De conformidad con lo establecido en el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, se publica el presente anuncio para que, en el plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en estas oficinas, sitas en Santander, Muelle de Maliaño, sin número, durante las horas hábiles de despacho de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes y presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santander, 14 de marzo de 2019.- El Presidente, Jaime González López.

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