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Documento BOE-B-2020-34995

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 14 de octubre de 2020, páginas 46650 a 46650 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-34995

TEXTO

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado do Mercantil N.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1.º Declaro la competencia territorial de este juzgado para conocer de la solicitud de concurso voluntario presentada por María López Casal, en nombre y representación de Carlos Miguel Jiménez Bravos, domiciliado en C/ Huici, n.º 10 6.º de A Coruña, NIF 34892120-Q.

2.º Declaro en situación legal de concurso voluntario a Carlos Miguel Jiménez Bravos, NIF 34892120-Q.

Acuerdo simultáneamente la conclusión del concurso declarado por insuficiencia de masa activa.

El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.

Dado que no se ha considerado procedente la designación de administración concursal, al no existir bienes que liquidar, habrá de procederse de conformidad con lo establecido en los artículos 486 y siguientes TRLC, el deudor podrá presentar la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro del plazo de quince días siguientes a la notificación de la presente resolución.

3.º Publíquese un extracto de la declaración de concurso, con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado conteniendo los datos a que se refiere el actual artículo 35 TRLC. El traslado del oficio con el edicto se hará, de ser ello posible, de forma telemática, o a través del procurador de la solicitante sin no fuere posible lo anterior.

Comuníquese igualmente al Fondo de Garantía Salarial a los efectos prevenidos en el artículo 514 TRLC. Comuníquese a la AEAT y TGSS.

Notifíquese la presente resolución a la Diputación Provincial de A Coruña y al Concello de A Coruña.

Publíquese esta resolución en la Sección Primera del Registro Público Concursal, regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre.

Así lo acuerda manda y firma Nuria Fachal Noguer, Magistrada-Juez en el Juzgado de lo Mercantil Número Uno de A Coruña.

A Coruña, 1 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernado Santiso Vázquez.

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