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Documento BOE-B-2020-39553

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 6 de noviembre de 2020, páginas 52548 a 52549 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-39553

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Pamplona/lruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal numero 0000227/2020 referente al concursado Alaizgo Sociedad Limitada con Código Identificación Fiscal numero B31740160 y domicilio social en Tiebas-Muruarte de Reta-Campanas, carretera Pamplona, 21, por auto de fecha 18 de septiembre de 2020 se ha acordado lo siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.

2.- Fórmese la sección 5ª de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la liquidación y se encabezara con testimonio de esta resolución y por la solicitud de liquidación, cuyo original se unirá a la sección 1ª

3.- Queda en suspenso durante la fase de liquidación el ejercicio por el concursado de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, con todos los efectos establecidos para ella en el Titulo III del Libro I del Texto Refundido de la Ley Concursal (Artículo 413.1 Texto Refundido de la Ley Concursal).

4.- Declarar la disolución de la entidad Alaizgo Sociedad Limitada y el cese de los administradores sociales, que serán sustituidos a todos los efectos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea parte (Artículo 413.3 Texto Refundido de la Ley Concursal ).

5.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones (Artículo 414 Texto Refundido de la Ley Concursal).

6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijaran en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial y se publicaran en el Registro Publico Concursal y en el «Boletín Oficial del Estado», de forma gratuita (artículos 35 y 410 Texto Refundido de la Ley Concursal).

7.- Expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra, compresivo de lo datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado, de conformidad con lo establecido en los artículos 36, 556 y 557 Texto Refundido de la Ley Concursal.

8.- Que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentara un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en los artículos (Artículo 416 Texto Refundido de la Ley Concursal).

Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal sin efectos suspensivos.

Conforme a la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Órgano, un deposito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

Pamplona, 18 de septiembre de 2020.- La Letrado Administración de Justicia, Elena Maria Daniel Del Valle.

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