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Documento BOE-B-2020-39554

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 6 de noviembre de 2020, páginas 52550 a 52550 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-39554

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del texto refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia:

1º.- Que en el Concurso Consecutivo voluntario abreviado número 0000341/2020, NIG 3120147120200000322, por auto de 19 de octubre de 2020 se ha declarado en Concurso Consecutivo Voluntario Abreviado al deudor María Olga Gorri Alcalá, con DNI 15833287H.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal.

3º.- Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 TRLC.

Llamamiento de los acreedores. Se hace llamamiento a los acreedores para que se pongan en conocimiento de la Administración Concursal en la forma que regulan los arts. 255 y siguientes del TRCL, a través de la dirección postal o electrónica que consta en este edicto, la existencia de sus créditos y en el plazo de un mes a contar desde la publicación del auto de declaración de concurso en el BOE, en el caso de que no lo hayan efectuado con anterioridad.

La Administración Concursal está integrada por el mediador concursal D. Ángel Sada Moracho, economista, con domicilio postal en 31500 Tudela (Navarra), Avenida Zaragoza, num. 2, escalera 1, 1.º c y dirección electrónica: asada@sadapaz.com

4º.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y tener por presentado el plan de liquidación, dando traslado del plan presentado por plazo de 15 días para que el deudor y los acreedores puedan realizar observaciones o propuestas de modificación al mismo y formular también, observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho cuando proceda. El plazo de quince días antes citado comenzará a computarse el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE.

5º.- Los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo representados por Procurador y asistidos de Letrado.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal en el que se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso:

https://www.publicidadconcursal.es

Pamplona/Iruña, 27 de octubre de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

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