Edicto
Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Mercantil n.º 1 de Teruel, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento concursal número 346/2011 referente al concursado Alcañizana de Hormigón, S.A., con domicilio social en Polígono Industrial Las Horcas parcela 24 a 29 de Alcañiz (Teruel), con CIF A44010668, por auto de fecha 28 de octubre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:
Primero.-Acordar la conclusión del concurso de la mercantil Alcañizana de Hormigón, S.A. y el archivo de las actuaciones.
Segundo.-Acordar la aprobación de las cuentas formuladas por la Administración concursal al no haberse formulado oposición alguna contra ellas.
Líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos referentes a la sociedad concursada, y su publicación correspondiente.
Teruel, 28 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de la Justicia, Jara Naya Alfranca.
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