Edicto.
El Juzgado mercantil núm.1, de Granada anuncia:
En concurso Ordinario 113/2014 seguido contra el deudor INMOBILIARIA VEGAS DE GUADAIRA, S.L., se ha dictado auto de fecha 18 de marzo de 2021, que acuerda:
Dispongo: Conceder a la Administración concursal autorización para la venta a la entidad Banco Santander, S.A., del 90,53% de la finca registral n.º 36.097, así como las fincas registrales n.º 36.101 y 36.103, todas ellas inscritas en el Registro de la Propiedad, n.º 9 de Sevilla, y pertenecientes a la concursada, por el importe conjunto de 17.385.915,26 euros.
La presente autorización judicial y sus condiciones se anunciarán con la misma publicidad que hubiera correspondido a la eventual subasta de los bienes afectos. En este sentido, dicha autorización queda condicionada a que, dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios, no se presente mejor postor, en cuyo caso procedería abrir licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar.
Con fecha 6 de abril de 2021, en dicho procedimiento, se ha dictado auto cuya parte dispositiva acuerda:
Aclaro el auto de 18 de marzo de 2021 en el sentido de corregir el mismo y disponer que donde dice "Banco Santander, S.A.", debe decir: "Inversiones Inmobiliarias Canvives, S.A.".
Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno; y ello, sin perjuicio del recurso que quepa interponer contra la resolución cuya aclaración se dispone, que se podrá interponer a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente.
Granada, 6 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Pilar Raya García.
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