JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE MADRID
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Jurisdicción Voluntaria sobre extravio de pagaré entre D/Dña. Claudia Maria Rendon Restrepo en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se admite a trámite la solicitud formulada por Procurador D/Dña Aníbal Bordallo Huidobro en nombre y representación de D/Dña. Claudia María Rendon Restrepo al que se tiene por personado y parte, entendiéndose con él las sucesivas notificaciones y diligencias.
2.- Incóese el procedimiento de jurisdicción voluntaria referente a extravio de pagaré, que se registrará como Jurisdicción Voluntaria 1222/2020.
3.- De conformidad con el artículo 17 LJV si alguno de los interesados fuera a formular oposición, deberá hacerlo en los cinco días siguientes a la notificación del presente decreto. Del escrito se dará traslado a la parte solicitante.
Si alguna de las partes propusiera prueba diferente a la documental se acordará en resolución aparte la celebración en su caso y de entenderlo necesario de la comparecencia regulada en el artículo 18.
Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
lo acuerdo y firmo. Doy fe
Madrid, 21 de abril de 2021.- El/laLetrado de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
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