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Documento BOE-B-2021-33087

Extracto de la Orden de 1 de julio de 2021 por la que se convoca para el año 2021 la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector u Organizaciones No Gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 13 de julio de 2021, páginas 43851 a 43852 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2021-33087

TEXTO

BDNS (Identif.): 573865.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/573865)

Primero.- Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a las entidades del Tercer Sector u Organizaciones no Gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental. Dichas subvenciones se destinarán únicamente a las actuaciones realizadas en el período comprendido entre el primero de enero del año de su convocatoria y el plazo establecido para la justificación de las mismas.

Segundo.- Beneficiaros.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las organizaciones y entidades previstas en el artículo 2 de la Orden de bases reguladoras de dichas ayudas.

Tercero.- Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este Extracto de la Orden en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/se) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto.- Financiación de las ayudas

La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.12.451O.485, tal y como se indica en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en una cuantía total de un millón de euros trescientos diez mil seiscientos cincuenta euros (1.310.650,00 €).

El crédito disponible en esta convocatoria puede verse incrementado en una cuantía adicional máxima de 7.373.721,51 €,procedente de la cantidad total asignada para otros fines de interés social en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del periodo impositivo 2019. Esta cuantía se corresponde con la cuantía resultante de la liquidación definitiva del citado periodo impositivo.

Quinto.- Criterio de adjudicación.

La distribución de los fondos y sus cuantías se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de bases.

Madrid, 1 de julio de 2021.- La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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