BDNS(Identif.):600899
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/600899)
Primero: Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria, las Corporaciones Locales y entidades vinculadas o dependientes de las mismas que, de conformidad con el artículo 6.1.a) de la Orden TES/1121/2021, de 11 de octubre, se obliguen a realizar en el territorio de la Ciudad de Melilla, los itinerarios individualizados e integrados de capacitación e inserción laboral con las mujeres destinatarias que se señalan en el artículo 2 de esta convocatoria, con los objetivos de atención e inserción previstos en el artículo 3.
Segundo: Objeto:
Aprobar, por el procedimiento de trámite anticipado, la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación por el Servicio Público de Empleo Estatal, del "Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano", para financiar el desarrollo de itinerarios individualizados de capacitación e inserción laboral en ámbitos con buenas perspectivas territoriales de empleo, que den cobertura a las necesidades del mercado laboral territorial, logrando el resultado cuantificado de inserción profesional de, al menos, el 20 por ciento de las mujeres participantes, que se establece en el artículo 3.
Tercero. Normativa:
Esta convocatoria se regirá de acuerdo con lo dispuesto en la Orden TES/1121/2021, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para financiar el "Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano" en el ámbito de gestión de políticas de empleo del Servicio Público de Empleo Estatal.
Asimismo, se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y en su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio y demás normativa vigente de general aplicación.
Esta convocatoria es ejecución del "Programa de apoyo a mujeres en el ámbito rural y urbano", incluido en la Inversión 2, "Empleo, Mujer y Transversalidad de género en las políticas públicas de apoyo a la activación para el empleo", comprendida en el Componente 23 "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación ("Next Generation EU"), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Serán por consiguiente de aplicación a esta convocatoria las disposiciones que resulten aplicables del Real Decreto Ley 36/2020 de 30 de diciembre.
Cuarto. Cuantía:
Las subvenciones previstas en esta resolución se financiarán con cargo a los correspondientes fondos dotados en el Presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco de los fondos europeos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, dentro del programa 240A, con cargo a la partida presupuestaria 19.PR52.240-A.465.16.
La financiación para la realización de las actuaciones objeto de esta convocatoria asciende a 4.166.667 euros. De ellos, tres millones ochocientos ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve euros (3.888.889 €) para el ejercicio 2022 y doscientos setenta y siete mil setecientos setenta y ocho euros (277.778 €) para el ejercicio 2023.
Al tramitarse la convocatoria por el procedimiento de tramitación anticipada, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la vigencia y suficiencia del citado crédito presupuestario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Se establecen los siguientes plazos de presentación de solicitudes:
Para el ejercicio 2022 se establece de diez días contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Para el ejercicio 2023 se establece un plazo de diez días contados desde el primer día hábil del mes de febrero.
Melilla, 14 de diciembre de 2021.- El Director General del SEPE P.D. La Directora Provincial del SEPE en Melilla. Apartado Siete.3.1.a).Resolución de 6 de octubre de 2008 del SEPE (B.O.E. de 13 de octubre de 2008) P.S. La Subdirectora de Gestión Económica y Servicios, Punto 7.4 de la Resolución de 6 de octubre de 2008 del SEPE (B.O.E. de 13 de octubre de 2008) María Soledad Núñez Zamora .
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