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Documento BOE-B-2021-5834

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2021, páginas 7430 a 7430 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-5834

TEXTO

EDICTO.

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña,

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita sección quinta de liquidación del concurso número 498/2019 instado por la Procuradora Marta Isabel Pereira de Vicente en nombre y representación de la concursada Climatizaciones Ferrolterra, Sociedad Limitada con Código de identificación fiscal b70330379 en los que por resolución de fecha 16 de julio de 2020, la cual es firme, se ha acordado:

Dispongo:

Apruebo el plan de liquidación de los bienes y derechos de la masa activa del concurso voluntario del deudor Climatizaciones Ferrolterra, Sociedad Limitada (Número 498/2019) en los términos en que ha sido presentado por la Administración Concursal y con las precisiones contenidas en el Fundamento Jurídico Primero de la presente resolución.

En la medida en que las gestiones de cobro de los derechos del concursado, o cualquier otra actuación encaminada a la realización de la masa activa, exijan el ejercicio de acciones judiciales frente a terceros, la Administración Concursal queda autorizada para promoverlas en interés de la masa, debiendo dar cuenta en la sección de los procedimientos judiciales que promueva y de su resultado.

Notifíquese este auto a las partes personadas y publíquese en el tablón de anuncios del Juzgado.

Fórmese la Sección Sexta, de calificación, conforme previene el artículo 167 de la Ley Concursal. Con la notificación de este auto a las partes personadas, y su inserción en el tablón de anuncios del Juzgado, se iniciará el plazo de diez días a que se refiere el artículo 168 para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Contra este auto cabe recurso de apelación para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de A Coruña, que deberá interponerse en el Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero, según redacción procedente de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, con simultánea constitución del depósito de cincuenta euros legalmente exigido.

Así lo acuerda, manda y firma Nuria Fachal Noguer, Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, de lo que doy fe.

A Coruña, 23 de septiembre de 2020.- El Letrado Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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