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Documento BOE-B-2023-29333

Resolución del Secretario General Técnico del Departamento de Medio Ambiente y Turismo, por el que se somete a información pública la relación de bienes y derechos a expropiar en el 17º procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de construcción de la estación depuradora de aguas residuales de La Iglesuela del Cid (Teruel) y se señalan las fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 10 de octubre de 2023, páginas 47891 a 47893 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-B-2023-29333

TEXTO

El Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración, según prevé el artículo 49 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, tiene como objeto, entre otros, el disponer un programa de acciones específicas dirigidas a la prevención de la contaminación de las aguas, organizar territorialmente en zonas la gestión de los servicios, a efectos de construcción, explotación y mantenimiento de infraestructuras, y elaborar el programa de nuevas infraestructuras de saneamiento y depuración que han de llevarse a cabo para alcanzar los objetivos del plan en coherencia con las directivas europeas, la planificación y la legislación.

Uno de los efectos de la aprobación de los planes regulados en esta Ley es, según dispone su artículo 53.d, la declaración de utilidad pública e interés social y la necesidad de ocupación, a efectos de la expropiación forzosa, de las obras, terrenos e instalaciones necesarias para la realización de las actuaciones contenidas en los planes.

Todas las depuradoras incluidas en el vigente Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración, que consta como anejo del Decreto 107/2009, de 9 de junio, del Gobierno de Aragón, actual-mente en proceso de revisión, y entre las que figura la que motiva este acuerdo, están declaradas de interés autonómico, conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón.

De conformidad con lo establecido en la cláusula segunda del Convenio de colaboración de fecha 24 de enero de 2023, entre el Instituto Aragonés del Agua y el Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid (Teruel), el Ayuntamiento tenía que poner a disposición del Instituto Aragonés del Agua, mediante cesión gratuita, los terrenos necesarios para la instalación de la depuradora de aguas residuales y sus infraestructuras conexas, pudiendo acudir al procedimiento de expropiación forzosa si fuera necesario para ello. No obstante, el Ayuntamiento de La Iglesuela del Cid ha solicitado al Instituto Aragonés del Agua, mediante escrito de fecha 5 de abril de 2023, que ante la carencia de medios propios para poder llevar a cabo la compra y/o expropiación de los terrenos, cuya titularidad sea particular o de otros organismos, sea el propio Instituto Aragonés del Agua, o Departamento correspondiente del Gobierno de Aragón quien lleva a cabo las gestiones procedentes, cuyos costes de expropiación serán repercutidos al Ayuntamiento, de acuerdo con la previsión del convenio relativa a la entrega gratuita al Instituto de los terrenos necesarios para la construcción de la planta.

Mediante Orden AGM/749/2023, de 2 de junio, se dispuso la publicación del Acuerdo de 19 de abril de 2023, del Gobierno de Aragón, por el que se declara la urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa incoados o que sea necesario iniciar para la ejecución del proyecto de construcción de las infraestructuras necesarias para la depuración de aguas residuales de la localidad de La Iglesuela del Cid (Teruel), en el Boletín Oficial de Aragón nº 112, de 14 de junio de 2023.

En consecuencia, por Orden de 19 de septiembre de 2023, del Consejero de Medio Ambiente y Turismo, se acuerda iniciar el 17º procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de construcción de la estación depuradora de aguas residuales de La Iglesuela del Cid (Teruel).

En virtud de lo establecido en el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón ejercer la potestad expropiatoria y conforme a las competencias atribuidas en el Decreto de 11 de agosto de 2023, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, recae en el Departamento de Medio Ambiente y Turismo, por razón de materia y adscripción del Instituto Aragonés del Agua, ejercer dicha potestad.

A la vista de lo anterior, conforme establecen los artículos 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 16 de su Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, en consecuencia, de lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Secretaría General Técnica, ha resuelto:

Primero. - Publicar la relación de bienes y derechos a expropiar que se adjunta como anexo a esta Resolución.

Segundo. - Abrir un periodo de información pública de la relación de bienes y derechos a expropiar para la ejecución de las obras previstas en el proyecto de construcción de la instalación de depuración del municipio de La Iglesuela del Cid (Teruel), para que, en un plazo de quince días hábiles contados partir de la fecha de la última publicación en los tablones oficiales (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de Aragón, Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, tablón de anuncios del Ayuntamiento, diario de mayor circulación de la provincia y páginas web del Instituto Aragonés del Agua y Departamento), los interesados puedan formular ante la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo las alegaciones que estimen oportunas y ofrecer cuantos antecedentes y referencias puedan servir de fundamento para rectificar posibles errores en la descripción material o legal de las fincas que figuran en la relación anexa.

Tercera.- Convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados que se expresan en la relación adjunta para que comparezcan en los locales de los Ayuntamientos afectados, a los efectos del levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas indicados en la citada relación y en las notificaciones individuales, provistos de documento nacional de identidad, así como la documentación que, de forma fehaciente, acredite la titularidad de la finca, nota simple registral, en su defecto escritura pública, certificación catastral o por cualquier medio, en los términos establecidos en la Ley de Expropiación Forzosa.

Al citado acto concurrirán los representantes de la Administración y peritos y el Alcalde del Ayuntamiento o concejal en quien delegue a tales efectos, pudiendo los propietarios hacer uso de los derechos que les concede el artículo 52.3 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados y las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados hayan podido omitirse en la relación expuesta, podrán formular por escrito, ante la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo y hasta el día del levantamiento del acta previa respectiva, cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de subsanar los posibles errores en que se haya podido incurrir al relacionar los bienes y derechos que se afectan.

ANEXO: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS A EXPROPIAR EN EL T.M. DE LA IGLESUELA DEL CID

Nº ORDEN PC

POLÍGONO

PARCELA

SUBPARCELA

MUNICIPIO

TITULAR CATASTRAL

OCUPACIÓN

DEFINITIVA (m²)

OCUPACION

TEMPORAL (m2)

SERVIDUMBRE DE

PASO DE

CONDUCCIÓN

ENTERRADA (m²)

LUGAR

FECHA

HORA

LAIGL 3

10

00072

LA IGLESUELA DEL CID

JOAQUÍN BELTRÁN PITARCH

3,20

9,68

0,00

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

11:30

LAIGL 5 Y 8

10

00056

a y b

LA IGLESUELA DEL CID

LUIS MATUTANO ARANDA

138,26

1.281,01

493,36

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

11:30

LAIGL 6

10

00055

LA IGLESUELA DEL CID

MARÍA ADELAIDA TENA GIL

20,61

55,21

31,02

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

11:30

LAIGL 9

10

00057

LA IGLESUELA DEL CID

VICENTE ALTABA FERRER

0,88

341,78

131,52

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

11:30

LAIGL 13

10

00307

a

LA IGLESUELA DEL CID

JAIME ANTONIO BELLES TENA

4,27

1.673,06

694,72

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

11:30

LAIGL16

10

00044

LA IGLESUELA DEL CID

CAMILO PITARCH ALTABA Y OTRO MÁS

1.225,88

0,00

0,00

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

12:30

LAIGL 17 Y 18

10

00043

a y b

LA IGLESUELA DEL CID

MARÍA PILAR TENA DAUDÉN

1.923,12

1.416,92

0,00

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

12:30

LAIGL 19

10

00049

0

LA IGLESUELA DEL CID

FERNANDO SAFONT ALCÓN Y OTRO MÁS

442,00

0,00

0,00

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

12:30

LAIGL 20

10

00030

0

LA IGLESUELA DEL CID

ROSA MARÍA DOMINGO BARREDA

129,00

124,00

0,00

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

12:30

LAIGL 10

10

09015

0

LA IGLESUELA DEL CID

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

10,47

42,45

28,85

AYUNTAMIENTO DE LA

IGLESUELA DEL CID

29/11/2023

12:30

Zaragoza, 27 de septiembre de 2023.- Secretario General Técnico, Sergio Castel Gayán.

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