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Documento BOE-J-2026-218904

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 15 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 42/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 96, de 20 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2026-218904

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 1

Dirección: Plaza Juez Elío (Del) S/N

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Teléfono: 848424262

Correo electrónico: juzmerca@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 42/2026

NIG: 3120147120260000124

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Todos los acreedores y demás personas interesadas en el concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 1 de Pamplona/Iruña.

ANUNCIA

Que en el Concursal - Sección 1ª (General) número 0000042/2026 referente al concursado IZ4 PAMPLONA SL, con CIF: B71011993 y domicilio PASEO ANELIER/ANELIER PASEALEKUA, 6, BJ de Pamplona/Iruña, por auto de fecha 10 de abril del 2026 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1- Declaro la apertura de la fase de liquidación a solicitud de la mercantil en concurso IZ4 PAMPLONA, SL con con CIF B-71.011.993, con domicilio social en Paseo Anelier, 6, Bajo, Pamplona, 31014, Navarra, e inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, Hoja NA-29155, Tomo 1467, Folio 11.

2.- Declaro la disolución de la mercantil IZ4 PAMPLONA, SL y el cese de sus administradores, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea parte.La apertura de liquidación produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones (art. 414 TRLC).

3.- Acuerdo la suspensión en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre la masa activa, con todos los efectos establecidos para ella en el título III del libro I de esta ley (art. 413.1.1º TRLC)No se fijan por el momento reglas especiales de liquidación de la masa activa, sin perjuicio de lo que pueda solicitar la Administración Concursal en función de la composición de la masa activa, las previsibles dificultades de la liquidación o cualesquiera otras circunstancias concurrentes. Por lo tanto, rigen las reglas generales supletorias de liquidación previstas en los artículos 421 a 423 bis TRLC y conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.Conforme el art. 415 TRLC el administrador concursal, en el plazo máximo de diez días naturales, podrá solicitar reglas especiales de liquidación que consiere oportunas.Se requiere a la administración concursal para que trimestralmente desde la fecha de la presente resolución, aporte a la Sección 5ª el informe a que se refiere el art. 424.1 TRLC; que presentando recibirá el cauce de publicidad y contradictorio -en su caso- dispuesto en el art. 424.2 TRLC.

4- Procédase a anunciar la presente resolución judicial que declara la apertura de la fase de liquidación, por edictos que se remitirán por este órgano judicial por medios electrónicos al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón judicial edictal único y al Registro Público Concursal, publicación de los edictos que tendrá carácter gratuito, (art. 410 y 35.1 TRLC).5.- Expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra, compresivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución que declara la apertura de la fase de liquidación y suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, a fin de que se proceda a la anotación en la hoja abierta a la mercantil IZ4 PAMPLONA, SL con con CIF B-71.011.993, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, Hoja NA-29155, Tomo 1467, Folio 11 y una vez firme la presente resolución, a la inscripción de lo acordado, de conformidad con lo establecido en los artículos 410, 36.2 y 557.1 TRLC

.Así mismo, conteniendo la resolución que se dicta pronunciamientos sobre la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, procede, a tenor de lo dispuesto en el art. 321.2 del R.R.M, identificar en el mandamiento, los bienes y derechos en registros públicos, para que por ese Registro se proceda en la forma prevista en los apartados 2 y 3 del art. 323 del R.R.M.

Entréguese al Procurador del solicitante el mandamiento correspondiente para la práctica inmediata de los asientos acordados.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición (art. 546 TRLC), que se interpondrá por escrito ante Juzgado en el plazo de cinco días con expresión de la infracción contenida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 451 y 452 LEC), sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada. Además, contra el pronunciamiento relativo a la apertura de la fase de liquidación el concursado podrá interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días (art. 409.3 TRLC)

Pamplona/Iruña, 15 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRANTZU EQUISOAIN AZCONA

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