Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 124/1990, de 2 de julio, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 181, de 30 de julio de 1990, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 19, primera columna, párrafo 2, línea 2, donde dice: «Presidente; don Eugenio Díaz Eimil,», debe decir: «Presidente; don Antonio Truyol Serra, don Eugenio Díaz Eimil,».
En la página 19, primera columna, párrafo 2, líneas 4 y 5, donde dice: «don Alvaro Rodríguez Bereijo y don José Gabaldón López, Magistrados,», debe decir: «don Alvaro Rodríguez Bereijo, Magistrados,».
En la página 19, segunda columna, párrafo 14, línea 3, donde dice: «que la ha sido vulnerado», debe decir: «que le ha sido vulnerado».
En la página 20, primera columna, párrafo 5, línea 6, donde dice: «no comparecen a ninguna.», debe decir: «no comparece a ninguna.».
En la página 20, primera columna, párrafo 5, línea 7, donde dice: «imponerles multas,», debe decir: «imponerle multas.».
En la página 21, segunda columna, párrafo 2, línea 2, donde dice: «el del cooprocesado», debe decir: «el del coprocesado»
En la página 21, segunda columna, párrafo 8, línea 2, donde dice: «Francisco Rubio Llorente.-Eugenio Díaz Eimil.-», debe decir: «Francisco Rubio Llorente.-Antonio Truyol Serra.-Eugenio Díaz Eimil.-».
En la página 21, segunda columna, párrafo 8, línea 4, donde dice: «Alvaro Rodríguez Bereijo.-José Gabaldón López.-Firmados y rubricados.», debe decir: «Alvaro Rodríguez Bereijo.-Firmados y rubricados.».
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