La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de enero de 1998 autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1998 y enero de 1999, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse que, con ligeras modificaciones, son una prórroga de las vigentes en 1997, manteniéndose la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.
En virtud de la citada autorización, la Resolución de esta Dirección General, de 26 de enero de 1998, reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de subastas ordinarias para 1998, posteriormente modificado por la Resolución de 14 de mayo de 1998, que adelantó al mes de junio la emisión de Obligaciones a treinta años, prevista inicialmente para el mes de julio. Para cumplimiento de dicho calendario es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en circulación en el próximo mes de julio de 1998 y convocar las correspondientes subastas.
En las subastas que se convocan, se considera conveniente iniciar una nueva emisión de Obligaciones del Estado a diez años, que tendrán la calificación de Bonos segregables de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997. En las demás referencias que se vienen poniendo en oferta se emiten nuevos tramos, a fin de completar el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios.
Por otra parte, según se prevé en la Resolución de esta Dirección General de 1 de junio de 1998, las Obligaciones a diez años cuya emisión se dispone por la presente Resolución se consolidarán con las Obligaciones del Estado en ecus-euros que se emitan como resultado de las subastas que tendrán lugar mensualmente, siendo la primera de ellas el próximo 16 de junio de 1998. La consolidación se producirá durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 26 de enero de 1998,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión de Bonos del Estado a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años en el mes de julio de 1998, y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 26 de enero de 1998, en la Resolución de esa misma fecha de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten:
a) Emisión de Obligaciones del Estado a diez años.-Las Obligaciones que se emitan como resultado de la subasta que se convoca devengarán un tipo nominal de interés, pagadero por anualidades vencidas, del 5,15 por 100 y se amortizarán por su valor nominal el día 30 de julio del año 2009. Los cupones anuales vencerán el 30 de julio de cada año, siendo el primero a pagar el 30 de julio del año 2000.
b) Emisiones de Bonos del Estado a tres y cinco años y Obligaciones del Estado a quince años.-El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron la Resolución de esta Dirección General de 20 de junio de 1997 para las emisiones de Bonos del Estado a tres años al 5,0 por 100, con vencimiento el 31 de enero del año 2001; de Bonos del Estado a cinco años al 5,25 por 100, con vencimiento el 31 de enero del año 2003, y de Obligaciones del Estado a quince años al 6,15 por 100, con vencimiento el 31 de enero del año 2013, siendo el primer cupón a pagar en los valores que se emitan de dichas emisiones, por su importe completo, el de 31 de enero de 1999.
c) Los Bonos y Obligaciones cuya emisión se dispone por la presente Resolución tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, la autorización para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución de las Obligaciones a diez años se efectuará mediante Resolución de esta Dirección General.
3. Según se determina en el punto 1 de la Resolución de 26 de enero de 1998, los Bonos y Obligaciones del Estado que se emitan se pondrán en circulación los días 10 y 13 de julio de 1998, fechas de desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones, y los Bonos a tres y cinco años y las Obligaciones a quince años se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el aparta do b) del punto 2 de esta Resolución, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
4. Las Obligaciones del Estado a diez años se consolidarán con las Obligaciones del Estado en ecus-euros, con idéntica fecha de vencimiento y el mismo tipo de interés nominal, que se emitan como resultado de las subastas que tendrán lugar mensualmente, siendo la primera de ellas el próximo 16 de junio de 1998. La consolidación tendrá lugar durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta, y la fecha exacta se anunciará mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
5. Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 26 de enero de 1998, de esta Dirección General, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 26 de enero de 1998.
Madrid, 10 de junio de 1998.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años al 5,0 por 100, vencimiento 31 de enero 2001
(Subasta mes de julio)
Porcentaje
Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *
103,10 / 4,604 / 103,41 / 4,475
103,11 / 4,600 / 103,42 / 4,471
103,12 / 4,596 / 103,43 / 4,466
103,13 / 4,592 / 103,44 / 4,462
103,14 / 4,588 / 103,45 / 4,458
103,15 / 4,583 / 103,46 / 4,454
103,16 / 4,579 / 103,47 / 4,450
103,17 / 4,575 / 103,48 / 4,446
103,18 / 4,571 / 103,49 / 4,441
103,19 / 4,567 / 103,50 / 4,437
103,20 / 4,562 / 103,51 / 4,433
103,21 / 4,558 / 103,52 / 4,429
103,22 / 4,554 / 103,53 / 4,425
103,23 / 4,550 / 103,54 / 4,421
103,24 / 4,546 / 103,55 / 4,416
103,25 / 4,542 / 103,56 / 4,412
103,26 / 4,537 / 103,57 / 4,408
103,27 / 4,533 / 103,58 / 4,404
103,28 / 4,529 / 103,59 / 4,400
103,29 / 4,525 / 103,60 / 4,396
103,30 / 4,521 / 103,61 / 4,391
103,31 / 4,517 / 103,62 / 4,387
103,32 / 4,512 / 103,63 / 4,383
103,33 / 4,508 / 103,64 / 4,379
103,34 / 4,504 / 103,65 / 4,375
103,35 / 4,500 / 103,66 / 4,371
103,36 / 4,496 / 103,67 / 4,366
103,37 / 4,491 / 103,68 / 4,362
103,38 / 4,487 / 103,69 / 4,358
103,39 / 4,483 / 103,70 / 4,354
103,40 / 4,479
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a cinco años al 5,25 por 100, vencimiento 31 de enero de 2003
(Subasta mes de julio)
Porcentaje
Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *
104,30 / 4,755 / 104,61 / 4,679
104,31 / 4,752 / 104,62 / 4,676
104,32 / 4,750 / 104,63 / 4,674
104,33 / 4,747 / 104,64 / 4,671
104,34 / 4,745 / 104,65 / 4,669
104,35 / 4,742 / 104,66 / 4,666
104,36 / 4,740 / 104,67 / 4,664
104,37 / 4,738 / 104,68 / 4,662
104,38 / 4,735 / 104,69 / 4,659
104,39 / 4,733 / 104,70 / 4,657
104,40 / 4,730 / 104,71 / 4,654
104,41 / 4,728 / 104,72 / 4,652
104,42 / 4,725 / 104,73 / 4,649
104,43 / 4,723 / 104,74 / 4,647
104,44 / 4,720 / 104,75 / 4,644
104,45 / 4,718 / 104,76 / 4,642
104,46 / 4,715 / 104,77 / 4,640
104,47 / 4,713 / 104,78 / 4,637
104,48 / 4,711 / 104,79 / 4,635
104,49 / 4,708 / 104,80 / 4,632
104,50 / 4,706 / 104,81 / 4,630
104,51 / 4,703 / 104,82 / 4,627
104,52 / 4,701 / 104,83 / 4,625
104,53 / 4,698 / 104,84 / 4,622
104,54 / 4,696 / 104,85 / 4,620
104,55 / 4,693 / 104,86 / 4,618
104,56 / 4,691 / 104,87 / 4,615
104,57 / 4,689 / 104,88 / 4,613
104,58 / 4,686 / 104,89 / 4,610
104,59 / 4,684 / 104,90 / 4,608
104,60 / 4,681
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años al 5,15 por 100, vencimiento 30 de julio de 2009
(Subasta mes de julio) Porcentaje
Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *
94,25 / 5,222 / 95,55 / 5,064
94,30 / 5,216 / 95,60 / 5,058
94,35 / 5,210 / 95,65 / 5,052
94,40 / 5,204 / 95,70 / 5,046
94,45 / 5,198 / 95,75 / 5,040
94,50 / 5,192 / 95,80 / 5,034
94,55 / 5,185 / 95,85 / 5,028
94,60 / 5,179 / 95,90 / 5,022
94,65 / 5,173 / 95,95 / 5,016
94,70 / 5,167 / 96,00 / 5,010
94,75 / 5,161 / 96,05 / 5,004
94,80 / 5,155 / 96,10 / 4,998
94,85 / 5,149 / 96,15 / 4,992
94,90 / 5,143 / 96,20 / 4,986
94,95 / 5,137 / 96,25 / 4,980
95,00 / 5,131 / 96,30 / 4,974
95,05 / 5,125 / 96,35 / 4,968
95,10 / 5,119 / 96,40 / 4,462
95,15 / 5,112 / 96,45 / 4,456
95,20 / 5,106 / 96,50 / 4,950
95,25 / 5,100 / 96,55 / 4,944
95,30 / 5,094 / 96,60 / 4,938
95,35 / 5,088 / 96,65 / 4,932
95,40 / 5,082 / 96,70 / 4,927
95,45 / 5,076 / 96,75 / 4,921
95,50 / 5,070
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años al 6,15 por 100, vencimiento 31 de enero de 2013
(Subasta mes de julio)
Porcentaje
Precio / Rendimiento bruto * / Precio / Rendimiento bruto *
109,75 / 5,437 / 111,05 / 5,312
109,80 / 5,432 / 111,10 / 5,308
109,85 / 5,427 / 111,15 / 5,303
109,90 / 5,423 / 111,20 / 5,298
109,95 / 5,418 / 111,25 / 5,293
110,00 / 5,413 / 111,30 / 5,289
110,05 / 5,408 / 111,35 / 5,284
110,10 / 5,403 / 111,40 / 5,279
110,15 / 5,399 / 111,45 / 5,275
110,20 / 5,394 / 111,50 / 5,270
110,25 / 5,389 / 111,55 / 5,265
110,30 / 5,384 / 111,60 / 5,260
110,35 / 5,379 / 111,65 / 5,256
110,40 / 5,375 / 111,70 / 5,251
110,45 / 5,370 / 111,75 / 5,246
110,50 / 5,365 / 111,80 / 5,241
110,55 / 5,360 / 111,85 / 5,237
110,60 / 5,355 / 111,90 / 5,232
110,65 / 5,351 / 111,95 / 5,227
110,70 / 5,346 / 112,00 / 5,223
110,75 / 5,341 / 112,05 / 5,218
110,80 / 5,336 / 112,10 / 5,213
110,85 / 5,332 / 112,15 / 5,209
110,90 / 5,327 / 112,20 / 5,204
110,95 / 5,322 / 112,25 / 5,199
111,00 / 5,317
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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