Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 27 de junio de 1997, sentencia firme en el recurso de apelación número 13.206/1991, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 46.588, promovido por "Colborn Dawes Ibérica, Sociedad Anónima", sobre infracción en materia de piensos; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado, en la representación que le es propia, contra la sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 14 de mayo de 1991, recaída en el recurso número 46.588 y, en consecuencia, confirmamos la citada sentencia. Sin hacer especial pronunciamiento sobre costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 23 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
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