Habiéndose suscrito con fecha 18 de julio de 2002 una Adenda al
Convenio de 29 de diciembre de 2000, entre el Ministerio del Interior y el
Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la
Generalidad de Cataluña, para la financiación y ejecución de obras de la red
viaria, infraestructuras y servicios necesarios para la operatividad de los
Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear del Plan Exterior
de Emergencia Nuclear de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós,
procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio,
que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 4 de septiembre de 2002.-El Secretario general técnico,
Fernando Manzanedo González.
ANEXO
Adenda al Convenio de 29 de diciembre de 2000, entre el Ministerio
del Interior y el Departamento de Gobernación y Relaciones
Institucionales de la Generalidad de Cataluña, para la financiación y ejecución
de obras de la red viaria, infraestructuras y servicios necesarios para
la operatividad de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia
Nuclear del Plan Exterior de Emergencia Nuclear de las Centrales
Nucleares de Ascó y Vandellós
En Madrid a 18 de julio de 2002.
REUNIDOS
El Excmo. Sr. don Ángel Acebes Paniagua, Ministro del Interior.
La Honorable señora doña Núria de Gisperti i Català, Consejera de
Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña.
Y reconociéndose las partes la capacidad suficiente para otorgar el
presente Convenio,
EXPONEN
Que con el triple objetivo de coordinar el esfuerzo inversor de las
Administraciones públicas implicadas, participar conjuntamente en la
financiación de las actuaciones y asegurar la celebración y apoyo entre
la Admministración Central, Autonómica y Local, en las actuaciones de
la red viaria, infraestructuras y servicios municipales correspondientes
al ámbito de aplicación de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia
Nuclear de los Planes Exteriores de Emergencia Nuclear y en las zonas
de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós, en la provincia de
Tarragona, el 29 de diciembre de 2001, se firmó un convenio entre el Ministerio
del Interior y la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales
de la Generalidad de Cataluña en el que se establecieron las condiciones
básicas para la colaboración en la financiación y ejecución de dichas
actuaciones.
Que en desarrollo de dicho convenio el Departamento de Gobernación
y Relaciones Institucionales está formulando, mediante la Comisión de
Cooperación Local de Cataluña, órgano de participación y colaboración
con las entidades locales para la cooperación económica destinada a
financiar inversiones en obras y servicios de su competencia, un programa
específico de actuaciones en zonas de emergencia nuclear-2001, del vigente
Plan único de obras y servicios de Cataluña, 2000-2003, que se financia
con cargo a las aportaciones que las partes establecieron de mutuo acuerdo
en el referido convenio.
Que para la financiación y completa ejecución de las actuaciones de
la red viaria, infraestructuras y servicios municipales correspondientes
al ámbito de aplicación de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia
Nuclear, de los Planes Exteriores de Emergencia Nuclear en las zonas
de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós, incluidas en el anejo del
reiterado Convenio, se hace necesario instrumentar una nueva edición
del programa específico, con la cual se pueden financiar, de acuerdo con
los criterios establecidos por la Comisión de Cooperación Local de
Cataluña, dichas actuaciones.
Que, de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, las partes
comparecientes
ACUERDAN
Primero. Objeto.-Es objeto de la presente adenda al Convenio de 29
de diciembre de 2000, entre el Ministerio del Interior y el Departamento
de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña,
para la financiación y ejecución de obras de la red viaria, infraestructuras
y servicios necesarios para la operatividad de los Planes de Actuación
Municipal en Emergencia Nuclear del Plan Exterior de Emergencia Nuclear
de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós, en la provincia de
Tarragona, el establecimiento de las condiciones de participación en la
financiación de una nueva edición del "Programa específico de actuaciones
en zonas de emergencia nuclear" del vigente Plan único de obras y servicios
de Cataluña, 2000-2003.
Segundo. Programación, ejecución, control y seguimiento.-La
elaboración y aprobación del programa específico del vigente Plan único de
obras y servicios de Cataluña, 2000-2003, la contratación y ejecución de
las obras así como las actuaciones para el control y seguimiento de la
ejecución de dicho programa se realizará conforme a lo establecido en
el Convenio de 29 de diciembre de 2000.
Tercero. Financiación.-La dotación económica de ambas partes para
la formulación de la nueva edición del Programa específico es de
3.647.253,05 euros.
La cooperación económica de las partes para su financiación se
concreta en las siguientes aportaciones:
Ministerio del Interior:
Cantidad máxima a invertir: 2.990.010,46 euros.
Anualidad 2002: 1.382.327,84 euros.
Anualidad 2003: 1.607.682,62 euros.
Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales:
Cantidad máxima a invertir: 657.242,59 euros.
Anualidad 2002: 237.399,78 euros.
Anualidad 2003: 419.842,81 euros.
Cuarto. Tramitación presupuestaria.-A la firma de la presente
Adenda por el Ministerio del Interior y, con cargo a la aplicación presupuestaria
16.01.223A.762, se transferirá al Departamento de Gobernación y
Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña la totalidad de la
aportación de este Ministerio, indicada en el apartado anterior,
correspondiente de la anualidad 2002.
Igualmente, una vez hayan sido aprobados los Presupuestos Generales
del Estado para el ejercicio 2003, por el Ministerio del Interior se procederá
a efectuar la transferencia al Departamento de Gobernación y Relaciones
Institucionales de la Generalidad de Cataluña de la totalidad de la
aportación de este Ministerio, indicada en el apartado anterior, correspondiente
de la anualidad 2003. Dicha transferencia se efectuará dentro de los
primeros tres meses de la entrada en vigor del Presupuesto.
Quinto. Vigencia, extinción y prórroga del Convenio.-La presente
Adenda entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y extenderá
su vigencia hasta la finalización de las obras objeto de la misma y la
liquidación del Programa específico indicado en el punto primero,
pudiendo ser prorrogado previo acuerdo de las partes.
La presente Adenda se extinguirá por conclusión o cumplimiento del
mismo, o cuando concurran, como otras causas de extinción, la resolución
por mutuo acuerdo entre las partes o denuncia de incumplimiento de
alguno de sus acuerdos, obligándose, en su caso, la Administración
receptora de los fondos a su reembolso en el supuesto de incumplimientos
no justificados, así como al reintegro de las cantidades no invertidas.
Sexto. Naturaleza y jurisdicción.-La presente Adenda al Convenio
de 29 de diciembre de 2000, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.1.c)
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, queda fuera
del ámbito de aplicación de dicha normativa, regulándose por las normas
peculiares contenidas en el mismo y por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. En su defecto, se
aplicarán los principios de la legislación de contratos administrativos para
resolver las dudas y lagunas que pudieran plantearse.
Las cuestiones litigiosas que pudieran presentarse en su interpretación
y cumplimiento serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, en el lugar
y fecha anteriormente aludidos.-El Ministro del Interior, Ángel Acebes
Paniagua.-La Consellera de Governació i Relacions Institucionals, Núria
de Gispert i Català.
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