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Documento BOE-A-2008-12624

Resolución de 10 de julio de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2008 el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2008, páginas 32213 a 32214 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2008-12624

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2008 el Convenio de colaboración suscrito el 28 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de julio de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO

Protocolo por el que se prorroga para el año 2008 el Convenio de colaboración suscrito el 28 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo

En Pamplona, a 25 de junio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, don Celestino Corbacho Chaves, Ministro de Trabajo e Inmigración, nombrado por Real Decreto 432/2008, de 14 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, don Alberto Catalán Higueras, Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, nombrado por Decreto Foral del Presidente del Gobierno de Navarra 15/2007, de 16 de agosto, en nombre y representación de la Comunidad Foral de Navarra, en uso de las competencias que le corresponden según el Decreto Foral 120/2007, de 3 de septiembre. Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero.-Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra suscribieron con fecha 28 de octubre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes.

Segundo.-Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de prórroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.-En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 28 de octubre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2008 y su correspondiente ejercicio económico, al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación. Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.-Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de prórroga se ajustan a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2008», examinado en la reunión del día 5 de febrero de 2008 del Consejo Superior de Política de Inmigración, que se incorpora como anexo 1 al presente Protocolo de prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan. Las actuaciones a desarrollar por la Comunidad Foral de Navarra en el presente ejercicio, se recogen en el Plan de Acción 2008. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Foral, con anterioridad a la firma del Protocolo de prórroga. La aprobación del Plan de Acción 2008 se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, y el Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, a través de la Oficina de Atención a la Inmigración, según el documento adjunto. El Plan de Acción de la Comunidad Foral recoge de forma expresa las actuaciones a desarrollar, incluido el número de plazas del «Programa de Acogida y Atención Humanitaria a personas inmigrantes procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla». Entre las actuaciones del Plan de Acción se recogen también las referidas a la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del programa especial establecido a estos efectos que permanecen en el sistema de protección de la Comunidad Foral. Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes.-1. El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de prórroga es de tres millones doscientos cuarenta y seis mil doscientos noventa y seis euros (3.246.296,00 euros). El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta como participación a la financiación de este Protocolo de prórroga con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2008, consignada en la aplicación presupuesta-ria 19.07.231H.455.00, la cantidad de un millón ochocientos noventa y cinco mil novecientos treinta euros (1.895.930,00 euros). La Comunidad Foral de Navarra con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2008, aporta la cantidad de un millón trescientos cincuenta mil trescientos sesenta y seis euros (1.350.366 euros). La aportación de la Comunidad Foral supone como mínimo el treinta por ciento del coste total de las actuaciones a desarrollar de Acogida e Integración. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias:

B40000 B0200 2266 131102. Organización de reuniones, conferencias y cursos.

B40000 B0200 2279 131100. Actuaciones derivadas del Convenio con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. B40000 B0200 2279 131102. Formación de asociaciones y ONGs en codesarrollo. B40000 B0200 4819 131100. Subvención a Cruz Roja. Centro de Acogida de Inmigrantes. B40000 B0200 4819 131102. Transferencias para actividades de formación y sensibilización de asociaciones. B40000 B0200 4819 131103. Actuaciones derivadas del Convenio con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la integración de inmigrantes. B40000 B0200 4819 131104. Convenios con UGT y CC.OO. para inmersión sociolaboral de Inmigrantes. B40000 B0200 2262 131102. Campaña de sensibilización. B20003 B2220 4819 144111. Ayudas a asociaciones de otros países en Navarra B20003 B2220 7819 144103. Adquisición de locales para asociaciones de otros países en Navarra. 91600 900003 4819 231608. Subvención global objetivo 3 FSE 91600 900003 4819 231605. Programa de apoyo a la incorporación social de inmigrantes.

2. La cofinanciación de las actuaciones se hará siguiendo lo señalado a continuación:

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de un millón seiscientos tres mil ciento treinta euros (1.603.130,00 euros), para las actuaciones de Acogida e Integración.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de doscientos noventa y dos mil ochocientos euros (292.800,00 euros) para la atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del programa especial establecido a estos efectos que permanecen en el sistema de protección de la Comunidad Foral. Su financiación corresponde exclusivamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración por las plazas previstas en el Plan de Acción para estos menores. Cuarta. Compromisos de las partes.-La Comunidad Foral de Navarra se compromete a destinar la cantidad de doscientos noventa y dos mil ochocientos euros (292.800,00 euros) de la aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración a las actuaciones de atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del programa especial establecido a estos efectos que permanecen en el sistema de protección de la Comunidad Autónoma. Igualmente, la Comunidad Foral se compromete a derivar a las Entidades Locales de su territorio con una mayor presión migratoria como mínimo el 90% de la asignación de 1.603.130 euros (un millón seiscientos tres mil ciento treinta euros), correspondiente a la aportación que realiza el Ministerio de Trabajo e Inmigración para Acogida e Integración. El Ministerio de Trabajo e Inmigración se compromete a prestar su colaboración en el desarrollo del presente Protocolo de prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2008. Quinta. Modificaciones en el desarrollo de las actuaciones.-La Comunidad Foral deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Comunidad Foral la aceptación expresa de dicha variación. Sexta. Seguimiento y evaluación.-En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Comunidad Foral remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.

Disposición adicional.

En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.-Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, P.D. (Orden ministerial comunicada de 22 de abril de 2008), María Consuelo Rumí Ibáñez, Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración.-Por la Comunidad Foral de Navarra, Alberto Catalán Higueras, Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

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