Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-19628

Resolución de 21 de octubre de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la adenda al Convenio marco de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 4 de diciembre de 2008, páginas 48618 a 48621 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-19628

TEXTO ORIGINAL

Suscrita adenda al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Foral de Navarra para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 21 de octubre de 2008.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

SEGUNDA ADENDA DEL AÑO 2008 AL PLAN CONJUNTO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CIUDADANÍA DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 8 de julio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra parte, el Sr. Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, don José María Roig Aldasoro, nombrado para dicho cargo por Decreto Foral 24/2007, de 16 de agosto, del Presidente del Gobierno de Navarra y actuando en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben estas adendas al Plan Conjunto de Colaboración firmado con fecha 27 de junio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Foral de Navarra en su ámbito territorial:

a. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b. El Gobierno de Navarra, en el ejercicio de las competencias que, en materia de Sociedad de la Información, corresponden al Departamento de Innovación, Empresa y Empleo, en virtud de lo establecido en el Decreto Foral 12/2007, de 16 de agosto, tiene como objetivo promover el desarrollo de la Sociedad de la Información, así como la introducción de las nuevas tecnologías de la información, la comunicación y el conocimiento, en el ámbito social, empresarial e industrial de la Comunidad Foral de Navarra.

Que en el Plan Conjunto de Colaboración firmado entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Foral de Navarra para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas IV. El Gobierno de Navarra asume el compromiso y la voluntad política de actuar decididamente en busca de la plena consolidación de Navarra en la Sociedad de la Información, como elemento clave para su desarrollo económico y social. Para ello, dando continuación a los proyectos de años anteriores, realiza diferentes actuaciones que se encuadran en tres ejes estratégicos:

1. Desarrollo regional: infraestructuras de telecomunicaciones y sector TIC.

2. Contenidos y servicios. 3. Cultura y capacitación.

El objetivo del tercer eje estratégico es fomentar la divulgación, educación y formación como base para una sociedad más participativa y activa en la sociedad de la información. De esta forma el Gobierno de Navarra, pretende acercar la cultura de la Sociedad de la Información y de las TIC a todos los colectivos, de manera personalizada y con especial atención a aquellos más desfavorecidos, como mecanismo para fomentar la demanda, evitar las desigualdades sociales y favorecer la inclusión social.

V. Que el Programa Ciudadanía Digital enmarcado en el área de actuación de «Hogar e Inclusión de Ciudadanos» del Plan Avanza, se orienta a incrementar el número de usuarios de Internet. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (EBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet. Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua. Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma. Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo. Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares. Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático. Difusión y divulgación de la TDT y de las ventajas de su utilización.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Foral de Navarra para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Ciudadanía Digital en la Comunidad Foral de Navarra a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Foral de Navarra se compromete por la presente adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa Ciudadanía Digital en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Ciudadanía Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de esta adenda al Plan Conjunto de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Foral de Navarra el 27 de junio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Plan Conjunto. En particular:

La Comunidad Foral de Navarra podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por lo dispuesto en la normativa de contratación pública, así como lo estipulado en las disposiciones correlativas de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de la Ley Foral 6/2006, de Contratos Públicos.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta adenda por la Comunidad Foral de Navarra o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y se regirán por lo dispuesto en la normativa contractual pública, así como en las disposiciones correlativas de la Ley Foral 6/2006, de Contratos Públicos. Las ayudas que se concedan al amparo de esta adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2008, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2008

Financiadores

Aportaciones económica - Euros

MITYC

327.583

Gobierno de Navarra

491.374

Total Administraciones Públicas

818.957

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Foral de Navarra, a la firma de la presente adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 327.583 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

La Comunidad Foral de Navarra financiará las acciones correspondientes a estas adendas con cargo a las partidas presupuestarias que correspondan. Podrán incluirse en esta financiación los gastos generados por las actuaciones previstas en esta adenda y ejecutadas desde el 1 de enero de 2008. Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Plan Conjunto de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente Anexo. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento de los programas relacionados con estas adendas, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Foral de Navarra presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de dos años. Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-Las presentes adendas tienen carácter administrativo y se consideran incluidas en el artículo 3.1. c) de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra y en el artículo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dichas normas para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución estas adendas, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión Bilateral del Plan Conjunto de Colaboración. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

PROGRAMA CIUDADANÍA DIGITAL

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Acércate @ las tic.

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Este proyecto se encuadra dentro del eje estratégico «Cultura y capacitación», con medidas que pretenden difundir y formar en TIC a todos los ciudadanos de la Comunidad Foral de Navarra.

De los sucesivos informes de situación se deduce que las cifras de utilización de las TIC por los ciudadanos de la Comunidad Foral de Navarra son sensiblemente menores en el entorno rural. Asimismo, las cifras de utilización de las TIC en la tercera edad son muy inferiores a las del resto de población. España y por tanto nuestra Comunidad Foral se encuentra claramente por debajo de la media europea. La principal barrera detectada es la propia actitud de los mayores frente a las TIC (no la consideran de utilidad para su quehacer diario).

1.1 Antecedentes.-El Gobierno de Navarra viene desarrollando desde el año 2006, con unos resultados altamente satisfactorios, el programa «Acércate @ las TIC». Dicho programa recoge diversas actuaciones de difusión y formación, encaminadas a fomentar el avance en el proceso de desarrollo de la Sociedad de la Información, generalizando entre la población el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación, teniendo especial consideración con los colectivos más desfavorecidos.

Para el desarrollo de este programa se ha firmado un Acuerdo de Colaboración entre el Gobierno de Navarra y diversas entidades colaboradoras sin ánimo de lucro que realizan labores de difusión y formación en TIC en la Comunidad Foral de Navarra, como son Cederna-Garalur, Cruz Roja, Fundación Gaztelan, Consorcio de Zona Media, Asociación Teder, Consorcio de la Ribera Eder y Fundación Dédalo. El programa incide principalmente en dos colectivos como son el de 3.ª edad y el de la mujer, que se encuentran con una serie de dificultades añadidas para asimilar todos estos cambios e incorporar estas tecnologías a la vida cotidiana. 1.2 Actuaciones.-Con el objetivo de eliminar las barreras que impiden a los ciudadanos el acceso a las TIC y teniendo especial consideración con los colectivos más desfavorecidos, entre los que se encuentran los de 3.ª edad y el de la mujer, se hace necesario informar sobre los beneficios que se pueden obtener con el uso de las TIC, motivándoles desde su contexto real, formándoles para el uso de las mismas en sus necesidades diarias, así como adaptando los medios tecnológicos a sus necesidades y capacidades. Por todo ello el Gobierno de Navarra, plantea realizar una campaña de difusión y formación en TIC. Para ello se han programado distintos tipos de acciones:

Cursos de formación básica en informática, Internet y correo electrónico de 25 horas, de duración. Todos los cursos están enfocados desde un punto de vista práctico y enfocados al uso cotidiano, como por ejemplo, el correo electrónico para la comunicación con familiares y amigos, el uso de Internet para consultas de banca electrónica, solicitud de cita previa médica, viajes, prensa diaria, etc.).

Talleres prácticos de utilización de las TIC de 10 horas de duración, con diversas temáticas, como: la cocina en Internet, banca electrónica, recursos para mayores en Internet, compras a través de Internet, etc... Cursos y talleres prácticos con transporte, con los misma estructura que los mencionados en los puntos anteriores pero transportando a los alumnos diariamente desde su domicilio hasta el lugar donde se imparten los cursos. Aula móvil dotada con varios equipos informáticos y conexión a Internet vía satélite que realiza una labor de sensibilización con las TIC en aquellos núcleos de población pequeños que no cuentan con la infraestructura adecuada para desarrollar cursos en aulas fijas. Campaña de difusión y promoción de la TDT, para preparar a los ciudadanos ante el llamado «apagón analógico», previsto para el año 2010. Otras acciones de difusión y promoción de Internet, así como de formación y asesoramiento para una navegación segura.

1.3 Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida:

Informar sobre la utilidad de las TIC para quitar el miedo y el rechazo a las mismas por parte de los colectivos a quienes se dirigen las acciones. Sensibilización.

Facilitar el acercamiento de la mujer y de las personas mayores a las TIC para que luego puedan usar estas tecnologías en su vida diaria por sí solos. Enseñarles y formarles en el uso de herramientas que tengan valor para su uso cotidiano, adaptando las acciones formativas y los contenidos a estos sectores específicos. Adaptar las acciones formativas y los contenidos a estos sectores específicos, recogiendo las recomendaciones en materia de igualdad. Acercar las TIC a núcleos de población pequeños y dispersos. Contribuir a la participación de todos en la sociedad de la información. Fomentar las relaciones y la convivencia en grupo. Inclusión social y comunicación con terceros. Integración en un programa común a la Administración Pública y a los diferentes agentes de desarrollo local. Informar a la ciudadanía sobre la TDT, en qué consiste, las ventajas que ofrece y las posibilidades que tiene.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de personas formadas en dichas herramientas.

Número de acciones formativas realizadas Grado de satisfacción entre los alumnos mediante encuestas. Carencias de los cursos y nuevas necesidades que puedan surgir mediante encuestas al finalizar la acción formativa. Número de localidades visitadas en acciones de sensibilización.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2008

Euros

MITYC

317.583

Gobierno de Navarra

476.374

Total

793.957

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Euros

Gobierno de Navarra

476.374

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Plan Conjunto de Colaboración.-La Dirección General de Empresa del Gobierno de Navarra.

Actuación 2. Plan de formación TIC a colectivos en situación de exclusión social.

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Este proyecto se encuadra dentro del eje estratégico «Cultura y capacitación», con medidas que pretenden difundir y formar en TIC a todos los ciudadanos de la Comunidad Foral de Navarra.

La fundación Gaztelan puso en marcha en 2004, dentro del programa «Red Conecta Rochapea», un centro de alfabetización digital, de acceso libre y gratuito para facilitar el conocimiento y el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación a las personas en situación de desigualdad social de cualquier edad, sexo y procedencia. Dicha fundación realiza alfabetización digital de los siguientes colectivos: colectivo gitano, mujeres trabajadoras del sexo, personas sordas o ciegas, personas con problemas de salud mental, población infanto juvenil en riesgo de exclusión, personas de centros de inserción, colectivos en riesgo de exclusión. Para ello firma acuerdos con entidades y asociaciones que trabajan con dichos colectivos. Este centro de alfabetización digital oferta talleres a la carta adaptados a las necesidades de las personas usuarias de las entidades sociales, ofreciendo sus instalaciones y recursos a dichas entidades. Oferta asimismo el uso libre con personal de apoyo para aquellas personas que no disponen de un ordenador para practicar lo aprendido en los talleres. Esta participación en los talleres y cursos ha servido a dichas personas para crear un clima de trabajo y confianza que ahora de forma libre les permite utilizar las nuevas tecnologías de la información y comunicación para su autoformación integración y desarrollo de relaciones. El Gobierno de Navarra a través de la firma de un Convenio de Colaboración con la fundación Gaztelan pretende subvencionar la gestión y funcionamiento del centro «Red Conecta Rochapea» durante el año 2008. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida:

Facilitar el acercamiento a las TIC de grupos de personas en riesgo de exclusión social.

Enseñarles herramientas que contribuyan a su desarrollo personal y social. Adaptar las acciones formativas y los contenidos a este sector específico.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de personas en situación de exclusión social que han recibido formación TIC.

Número de talleres formativos realizados. Número de convenios firmados con asociaciones que agrupan a colectivos en riesgo de exclusión social para la utilización de los recursos del centro.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Euros

MITYC

10.000

Gobierno de Navarra

15.000

Total

25.000

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Euros

Gobierno de Navarra

25.000

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Plan Conjunto de Colaboración.-La Dirección General de Empresa del Gobierno de Navarra.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid