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Documento BOE-A-2022-3924

Resolución de 2 de marzo de 2022, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se resuelve el concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 30 de septiembre de 2021.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2022, páginas 29993 a 30020 (28 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2022-3924

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados convocado por Resolución de 30 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia («Boletín Oficial del Estado» de 13 de octubre de 2021), para cubrir plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 524 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre y por ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre; con los artículos 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; y en uso de las atribuciones conferidas en virtud del artículo 9 del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, ha dispuesto:

Primero.

Resolver de forma definitiva el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia convocado por Resolución de 30 de septiembre de 2021, tal y como se relaciona en el Anexo.

Segundo.

Excluir del concurso de traslados a los funcionarios que se relacionan en la página Web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es).

Tercero.

Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados.

Cuarto.

Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso que se cubrirán por funcionarios de nuevo ingreso, salvo que, por necesidades del servicio, se pretendan amortizar. También podrán anunciarse nuevamente como vacantes en concurso ordinario en caso de que no se convoquen oposiciones o de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Quinto.

Para los funcionarios que se encuentren en activo o en servicios especiales y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios que se encuentren reingresados provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 18 de marzo de 2022, viernes; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 25 de marzo de 2022, viernes.

El cese de aquellos funcionarios que se encuentren desempeñando una comisión de servicios será notificado a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana. Una vez firmado digitalmente el cese, el interesado deberá remitir una copia del mismo en formato PDF a la dirección de correo electrónico rrhh_justicia.comisionesdeservicio@gva.es, y en el asunto indicar: Finalización comisión servicios concurso 2021,

Sexto.

La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los funcionarios indicados en el punto anterior, se producirá en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que el plazo será de un mes, tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso. El cese y el cómputo de los plazos posesorios se producirán cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados/as, en cuyo caso, el cese se efectuará el mismo día de la incorporación del funcionario/a a su puesto de trabajo, comenzando el día siguiente a contarse el plazo posesorio correspondiente. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Séptimo.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por el cuidado de familiares, excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto a los funcionarios que se encuentren adscritos provisionales, el plazo posesorio será de veinte días hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Este plazo posesorio no será retribuido.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran adscritos provisionales en el Cuerpo o Escala donde reingresan o en activo en otro Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración de Justicia, bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte días hábiles tomen posesión en el nuevo Cuerpo o Escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a esta Dirección General a través de la dirección de correo electrónico concursos_just@gva.es, un permiso retribuido de dos días hábiles si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo o Escala de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo o Escala al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes. La notificación de dicha excedencia se efectuará a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana.

Octavo.

Con carácter general, los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán el 18 de marzo de 2022, en el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y el día 25 de marzo en el caso de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, salvo supuestos excepcionales a determinar por esta Dirección General, que serán notificados individualmente a cada órgano judicial afectado.

No obstante, en los casos de funcionarios que reingresen al servicio activo como consecuencia de la resolución del concurso y de funcionarios adscritos provisionales que, igualmente, obtengan destino como consecuencia de la resolución del concurso, y tomen posesión en fechas distintas a las citadas anteriormente, los funcionarios interinos afectados cesarán con motivo de dichas tomas de posesión.

Noveno.

La notificación de los documentos de cese derivados del concurso de traslados (F3T) se efectuará a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana. Una vez firmado digitalmente el cese, el interesado deberá remitir una copia del mismo en formato PDF a la dirección de correo electrónico concursos_just@gva.es, y en el asunto indicar: Cese concurso 2021.

Los documentos de toma de posesión (F1T) serán remitidos por esta Dirección General a las direcciones de correo electrónico corporativo de los órganos judiciales en los que los funcionarios adjudicatarios hayan obtenido destino. Para su formalización deberán ser firmados digitalmente, dentro del plazo posesorio, por los interesados que deberán remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo electrónico concursos_just@gva.es. Aquellos funcionarios que, por causas debidamente justificadas, no puedan firmar digitalmente el documento de toma de posesión podrán proceder a la firma manual del mismo debiendo remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo electrónico concursos_just@gva.es.

Los documentos de cese de los funcionarios interinos (F3T) serán notificados a los interesados a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat Valenciana. Una vez firmado digitalmente el cese deberán remitir una copia en formato PDF a la dirección de correo electrónico interinos_rrhhdgj@gva.es.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Valencia, 2 de marzo de 2022.–La Directora General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, Angels Bixquert Sanz.

ANEXO

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/03/2022
  • Fecha de publicación: 14/03/2022
  • Resolución.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

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