El Jefe del Servicio de Recaudación de la Delegación
de Cuenca de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria,
Hace saber: Que en el expediente administrativo
de apremio que se instruye en esta Unidad de
Recaudación Ejecutiva contra doña Isabel Martínez
Sánchez Casas, con número de identificación fiscal,
448723D, deudora a otros organismos por los
conceptos de sucesiones y donaciones, se ha dictado
con fecha 21 de junio de 2000 por el Jefe de la
Dependencia de Recaudación la siguiente
"Providencia.-Acordada la enajenación mediante
subasta de los bienes propiedad de la deudora doña
Isabel Martínez Sánchez Casas, embargados en
diligencia de fecha 29 de septiembre de 1999, en
procedimiento administrativo de apremio seguido
contra la misma, procédase a la celebración de la misma
el día 17 de agosto de 2000, a las diez horas, en
las dependencias de esta Delegación y obsérvense
en su trámite y realización las prescripciones de
los artículos 146, 147 y 148 del Reglamento General
de Recaudación.
Notifíquese esta providencia a la deudora, a los
acreedores hipotecarios y pignoraticios y anúnciese
al público por medio de edictos, para general
conocimiento.
En Cuenca a 21 de junio de 2000.-El Jefe de
la Dependencia de Recaudación.-Firmado y
sellado."
En cumplimiento de la transcrita providencia se
publica el presente anuncio y se advierte a las
personas que deseen licitar en la subasta lo siguiente:
Primero.-Que los bienes embargados a enajenar
son los que a continuación se detallan:
Urbana.-Cerca en Tarancón (Cuenca), en la calle
Reina Fabiola, número 1, con una superficie de
840 metros cuadrados. Linda: Frente, calle de su
situación; derecha, calle Ingeniero Torres Quevedo;
izquierda, avenida Miguel de Cervantes, y fondo,
finca de los señores Herrera. Inscrita en el Registro
de la Propiedad de Tarancón al tomo 722 del libro
163 del Ayuntamiento de Tarancón, folio 128,
registral número 3.083-N.
Valor de tasación que servirá como tipo de subasta
en primera licitación: 129.250.000 pesetas. Tramos
para licitar: 250.000 pesetas.
Tipo de subasta en segunda licitación: 96.937.500
pesetas.
Las cargas, gravámenes y situaciones jurídicas que
afectan al bien y que han de quedar subsistentes
son las siguientes: Ninguna. En cualquier caso, el
adjudicatario se subrogará en todas las cargas,
gravámenes y derechos que legalmente deban quedar
subsistentes.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación del bien si se
hace el pago de la deuda, intereses y costas.
Tercero.-Podrán tomar parte como licitadores en
la enajenación todas las personas que tengan
capacidad de obrar con arreglo a Derecho, no tengan
impedimento o restricción legal y se identifiquen
por medio del documento nacional de identidad
o pasaporte y con el documento que justifique, en
su caso, la representación que ostente.
Cuarto.-Para ser admitido como licitador habrá
de constituir ante la Mesa de Subasta un depósito
en metálico o cheque conformado a favor del Tesoro
Público de, al menos, un 20 por 100 del tipo de
subasta. Este depósito se ingresará en firme en el
Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio
del remate, sin menoscabo de la responsabilidad
en que incurran por los mayores perjuicios que sobre
el importe de la fianza originare la inefectividad
de la adjudicación.
Quinto.-Cuando se trate de bienes inscribibles
en registros públicos los licitadores habrán de
conformarse con los títulos de propiedad que se hayan
aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir
otros, encontrándose de manifiesto aquéllos en esta
Dependencia de Recaudación hasta el día anterior
a la subasta.
Sexto.-Se admitirán ofertas, que tendrán el
carácter de máximas, en sobre cerrado, dirigido al
Presidente de la Mesa de Subasta, desde el anuncio
de subasta hasta una hora antes de su comienzo.
Estas ofertas deberán ir acompañadas de cheque
conformado, extendido a favor del Tesoro Público
por el importe del depósito. En ningún caso se
aceptará el importe del depósito en metálico. Si hubiese
más de una oferta podrá comenzar la admisión de
posturas a partir de la segunda más alta. Estos
licitadores, en sobre cerrado, podrán participar
personalmente en la licitación con posturas superiores
a la del sobre.
Séptimo.-En cualquier momento posterior al de
declararse desierta la primera licitación se podrán
adjudicar directamente el bien por un importe igual
o superior al que fue valorado en dicha licitación,
previa solicitud a la Mesa de Adjudicación, de
conformidad con lo prevenido en la disposición
adicional trigésima de la Ley 21/1986, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 1987.
Octavo.-El rematante tiene obligación de
entregar, en el acto de la adjudicación o dentro de los
cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito
constituido y el precio de adjudicación.
Noveno.-Al finalizar la primera licitación, cuando
la Mesa lo considere pertinente, se podrá realizar
una segunda, anunciándolo de forma inmediata, y
serán admitidas proposiciones que cubran el nuevo
tipo, que será del 75 por 100 del tipo fijado en
la primera, con apertura de un plazo de media hora,
para que los que deseen licitar, constituyan depósitos
que cubran, al menos, el 20 por 100 del nuevo
tipo del bien a enajenar.
Décimo-Cuando en la subasta quede el bien sin
adjudicar, la Dependencia de Recaudación
procederá, en el plazo máximo de seis meses, a realizar
las gestiones conducentes a la adjudicación directa
del mismo, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación. Los interesados podrán presentar en el plazo
de quince días, a partir de la celebración de la
subasta, las ofertas en sobre cerrado dirigido a esta
Dependencia de Recaudación, indicando el importe
ofrecido por cada uno de los lotes que fueran de su
interés.
Undécimo.-El Estado se reserva el derecho de
pedir la adjudicación del bien no rematado,
conforme al artículo 158 siguientes del Reglamento
General de Recaudación y el 137.2 de la Ley
General Tributaria.
Duodécimo.-Los deudores con domicilio
desconocido, los deudores declarados en rebeldía, los
cónyuges de los mismos, así como los acreedores
hipotecarios como pignoraticios desconocidos, se
tendrán por notificados, con plena virtualidad, por
medio del presente anuncio.
Decimotercero.-Una vez adjudicado el bien se
notificará a los condóminos de tal adjudicación, a
fin de que los copartícipes puedan ejercitar los
derechos de tanteo y retracto que les conceden los
artículos 1.522 y 1.524 del Código Civil, y
entendiéndose por notificada a los mismos dicha subasta
por medio del presente anuncio.
Decimocuarta.-Hipoteca legal tácita: En los
tributos que se graven periódicamente el bien o
derechos inscribibles en un Registro público o sus
productos directos, ciertos o presuntos, el Estado, las
provincias y los municipios tendrán preferencia
sobre cualquier otro acreedor o adquiriente, aunque
éstos hayan inscrito sus derechos para el cobro de
las deudas no satisfechas correspondientes al año
natural en que se ejercite la acción administrativa
del cobro al inmediato anterior.
Decimoquinto.-No se puede intervenir en la
subasta en calidad de ceder a tercero.
Decimosexto.-A partir de la adjudicación serán
a cargo del rematante todos los gastos que pudieran
originarse. El adjudicatario queda obligado a
justificar el pago o la exención, en su caso, de los
tributos que gravan la transmisión del bien.
Decimoséptimo.-Contra la presente providencia
y anuncio de subasta del bien se puede interponer
recurso de reposición ante el Jefe de la Dependencia
de Recaudación o reclamación
económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo
de dicha jurisdicción en el plazo de quince días,
contados a partir del día siguiente al de su
publicación y si que puedan simultanearse ambos
recursos.
El procedimiento de apremio, aunque se
interponga recurso, solamente se suspenderá en los
términos y condiciones señalados en el artículo 101
del Reglamento General de Recaudación.
Cuenca, 6 de julio de 2000.-La Jefa del Servicio
de Recaudación, María Elena Criado Solís.-43.890.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid